Compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías con origen o destino en las Illes Balears.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S09482/13

Norma:

Resolución de 25 de marzo de 2013. Resolución de 28 de febrero de 2014. Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio. Real Decreto 101/2002, de 25 de enero. Resolución de 27 de marzo de 2015. Resolución de 11 de abril de 2016. Resolución de 10 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Compensación destinada a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Illes Balears, o entre éstas y la península, así como del efectuado entre dichas islas y otros territorios de Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el espacio económico europeo.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Fomento ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria es de 1.770.000,00 euros (un millón setecientos setenta mil euros).

La cuantía individual en el transporte de mercancías con origen en las islas y destino en otros territorios alcanza hasta el 35 por 100 sobre la parte de coste del flete de dichas mercancías que no supere el promedio.

En el transporte de mercancías con destino a Illes Balears y origen en otros territorios hasta el 30 por 100 sobre la parte de coste del flete de dichas mercancías que no supere el promedio.

El transporte interinsular de residuos gozará de una compensación sobre el flete respectivo de hasta el 35 por 100.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas de los siguientes sectores de atención preferente, cuando exista transformación de las mercancías en el suelo balear: a) la industria de la madera, b) peletería natural y artificial, c) calzado, d) producciones de la industria del cuero, e) confección de piezas de vestir y sus complementos, f) artículos de joyería y bisutería, g) productos artesanales y h) productos industriales, con un valor añadido superior al 20 por 100. Así mismo, el receptor del traslado interinsular de residuos no procesables ni reciclables en las islas.

Documentos asociados

Boletín: 02/07/1999
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 157
Documento: Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio. Descargar Documento
Boletín: 06/02/2002
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 32
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 08/04/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/03/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 58
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 22/04/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 97
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/04/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 97
Documento: Convocatoria 2016 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 23/05/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 122
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
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BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 122
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