Colaboracion economica de la Comunidad de Madrid con los Ayuntamientos de la region para el sostenimiento de los colegios publicos de Educacion Infantil, Educacion Primaria y/o Educacion Especial radicados en su municipio, en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa, o en los que se imparte Educacion Secundaria Obligatoria.
Código de ayuda:
S37391/09Norma:
ORDEN 1868/2009, de 22 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras a que ha de ajustarse la concesión, por la Consejería de Educación, de las ayudas destinadas a la colaboración con los ayuntamientos de la región en la conservación, mantenimiento y vigilancia de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa, o en los que se imparte educación secundaria obligatoria.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las ayudas a conceder en el ejercicio 2009 asciende a 428.399 euros, que se financiarán con cargo a la partida 46390 del Programa Económico 504.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Educación los Ayuntamientos de la región en los que se encuentren situados colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial en los que se escolariza alumnado censado en otros municipios, limítrofes o próximos, debido a alguna de las siguientes circunstancias:a) Inexistencia, en el municipio donde está censado dicho alumnado, de oferta educativa de carácter público para el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial.
b) Insuficiencia, por falta de plazas escolares, de la oferta educativa correspondiente a dichas enseñanzas en el municipio donde está censado dicho alumnado.
c) Existencia de alumnado con necesidades educativas especiales que aconsejen su escolarización en un centro escolar situado en un municipio distinto a aquel en el que está censado.
d) Existencia de alumnado de Educación Secundaria Obligatoria escolarizado en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria en el municipio que solicita la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
12/05/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 111
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 111
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento