Cheques guarderia.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S11791/12

Norma:

ORDEN 3765/2012, de 29 de marzo. Orden 3336/2010, de 11 de junio. ORDEN 1442/2013, de 3 de mayo. ORDEN 1046/2014, de 27 de marzo. ORDEN 573/2015, de 12 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 13 de abril de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar becas para la escolarización de niños menores de tres años matriculados en centros privados de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Administración para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, que no estén sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en dicho nivel educativo, durante el curso escolar 2015-2016.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación e Investigación (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, la cuantía total de la beca será de 1.100 euros a razón de 100 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2015 a julio de 2016, ambos inclusive.

En caso de obtener 5 puntos en el apartado 3 del artículo 10 de la presente Orden, la cuantía de la beca será de 1.760 euros a razón de 160 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2015 a julio de 2016, ambos inclusive.

No obstante, el importe de la beca concedida sumado al de otras ayudas que, en su caso, pueda recibir el alumno para la misma finalidad, no podrá ser superior al coste de la cuota del centro.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los niños menores de tres años matriculados en centros privados de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La escolarización de niños menores de tres años matriculados en centros privados de la Comunidad de Madrid autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil que no estén sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en dicho nivel educativo.

Documentos asociados

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