Bonos SINAI para transferencia de conocimiento.
Código de ayuda:
S34664/25Norma:
RESOLUCIÓN 294E/2025, de 26 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de febrero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de estas ayudas es potenciar el Sistema Navarro de I+D+i y el Polo de Innovación Digital de Navarra IRIS como motores para incrementar la actividad innovadora de las pymes, entre ellas las Startups y de las Unidades de I+D+i empresarial (UIE), a través de la contratación de actuaciones con universidades, centros tecnológicos, centros de investigación e IRIS LAB del Polo de Innovación Digital de Navarra, que supongan una transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación.Dicho conocimiento podrá ser posteriormente utilizado por las entidades para innovar en producto, proceso o servicio o como fase previa de un futuro proyecto de I+D+i.
Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Dirección General de Ciencia, Tecnología e Innovación (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las empresas y las Unidades de I+D+i empresarial.Requisitos:
a) Tener un centro de trabajo en Navarra y realizar en dicho centro las actividades subvencionadas.b) En el caso de las empresas, ostentar la condición de PYME según la definición del anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
c) En el caso de las UIE, estar acreditadas como tales en el Registro de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i, regulado por la Orden Foral 2E/2020, de 28 de febrero. Este requisito deberá cumplirse en la fecha de presentación de la solicitud.
d) No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
e) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
f) No ser asociadas ni vinculadas a la entidad que ejecuta la actuación, según la definición que de dichos términos se realiza en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
Documentos asociados
Boletín:
22/12/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 253
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 253
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
