Bizkaiberri Laguntzak: Programa de impulso a la innovación de las pequeñas y medianas empresas de Bizkaia.

Código de ayuda:

S06646/06

Norma:

DECRETO FORAL 38/2006, de 28 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Bizkaiberri Laguntzak pretende conseguir los siguientes objetivos:
— Dinamizar el funcionamiento del sistema de innovación de Bizkaia.
— Difundir la cultura de la innovación entre las empresas de Bizkaia.
— Fomentar el potencial y la capacidad innovadora de las empresas.
— Apoyar el desarrollo y la implantación en las mismas de proyectos innovadores.
— Incrementar el número de empresas innovadoras de Bizkaia.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda por empresa en ningún caso excederá la cantidad de 100.000 euros, ni el 30% de los costes subvencionables del proyecto, incrementándose este límite del 30% al 40% en el caso de aquellas empresas que no hayan solicitado u obtenido ninguna otra ayuda similar a la de este Decreto, por parte de cualquier otro organismo, con posterioridad al 1 de enero de 2005.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas con personalidad jurídica propia cuya actividad principal se encuadre en Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria y Comercio al por mayor, (se señalan en el titulo I del Anexo I al presente Decreto la relación de los epígrafes de la C.N.A.E. Clasificación Nacional de Actividades Económicas, que se consideran subvencionables).

Quedan excluidas de la condición de entidad beneficiaria las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público, así como las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán proyectos que impulsen la innovación, entendida ésta como el conjunto de iniciativas desarrolladas por la empresa con el objeto de:
— Incorporar al mercado nuevos productos /servicios o mejorar los ya existentes.
— Introducir cambios o mejoras en sus procesos productivos.
— Implementar experiencias avanzadas en gestión de personas.
— Adoptar un nuevo modelo organizativo o de gestión que suponga un cambio sustancial en la gestión de la empresa.

Los proyectos objeto de subvención deberán ser desarrollados con posterioridad al 1 de enero de 2006 y finalizados con anterioridad al 31 de diciembre del 2007.
Se considerarán subvencionables los gastos incurridos durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2007.

Requisitos:

a) Que tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
b) Que al menos un centro de producción esté ubicado en el Territorio Histórico de Bizkaia.
c) Que su plantilla esté comprendida entre 6 y 100 personas.
d) Que al menos no superen uno de los dos límites siguientes:
— 20.000.000 euros de volumen anual de negocio.
— 20.000.000 euros de balance general.
e) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y demás de derecho público y frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2006
BO Provincia de Vizcaya- Nº 47
Documento: Programa y Convocatoria 2006 Descargar Documento