Becas y ayudas para trabajadores desempleados que participen en formación de oferta, en la Comunidad de Castilla y León.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S02119/17

Norma:

ORDEN EYE/620/2010, de 27 de abril. Resolución de 30 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

1 mes desde la finalización de la acción o grupo formativo o la baja justificada del alumno.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concesión directa, becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en la Formación Profesional para el Empleo, en su modalidad de formación de oferta y en acciones del Plan Regional de Empleo, o en acciones de los Planes de Trabajo de los Centros de Referencia Nacional en Castilla y León, gestionadas por la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías a percibir por cada beneficiario, previa comprobación del cumplimiento de requisitos exigidos en convocatoria, serán los siguientes:

Cuantía de la beca: 7 euros por día de asistencia

Cuantía de ayuda de transporte:

Transporte urbano: 1 euro por día de asistencia

Transporte interurbano: 0,10 euros por kilómetro, por día de asistencia.

Cuantía ayuda de manutención: el gasto real justificado y como máximo 10 euros por día lectivo de asistencia.

Cuantía ayuda de alojamiento y manutención:

Acciones formativas nacionales: coste real del alojamiento y de los gastos de manutención con un máximo de 80 euros por día natural, más desplazamiento inicial y final en concepto de transporte interurbano.

Acciones formativas transnacionales: coste real del alojamiento y de los gastos de manutención con un máximo de 158,40 euros por día natural.

Cuantía ayuda a la conciliación: el 75 por ciento del IPREM, por día de asistencia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Los trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta y en acciones del Plan Regional de Empleo, gestionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en los términos preceptuados por la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, o al amparo del Plan Regional de Empleo.

b) Los trabajadores desempleados que participen en acciones formativas incluidas en los Planes de Trabajo de los Centros de Referencia Nacional de titularidad del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayuda de manutención.

b) Ayuda de manutención.

c) Ayuda de alojamiento y manutención.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/01/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 6
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 11/01/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 6
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento