Becas para la formación especializada en áreas y materias educativas desarrolladas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S10637/17

Norma:

Orden ECD/248/2017, de 8 de marzo. Orden de 17 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Formación e investigación en diferentes materias aplicadas a la educación, promoviendo la participación y colaboración de los beneficiarios en las tareas formativas que le sean encomendadas en las unidades administrativas durante un plazo de hasta doce meses sin posibilidad de prórroga.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la dotación mensual de cada beca se establece en 1.027 euros.

Cada beca estará sujeta al régimen de cotización recogido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

1. Podrán acceder a la consideración de beneficiarios las personas de nacionalidad española, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, y de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en los que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la respectiva convocatoria, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

2. Las convocatorias especificarán las titulaciones exigibles para cada una de las becas según las actividades formativas que se consideren prioritarias en las áreas y materias educativas desarrolladas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

3. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 66
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 25/05/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 124
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 25/05/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 124
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento