Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

Código de ayuda:

S26291/17

Norma:

ORDEN 1950/2017, de 26 de mayo.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas becas tienen por objeto la realización de estudios de Programas de Segunda Oportunidad que se realicen en el período temporal que se establezca en cada orden de convocatoria.

Categorías Subvención

  • Becas

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación e Investigación (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán destinatarios de las becas los jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que en el año de la convocatoria realicen, en modalidad presencial, alguno de los siguientes estudios:

a) Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años, en centros privados, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería competente en materia de Educación.

b) Curso de formación específico, para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio, en centros privados, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería competente en materia de Educación.

c) Curso de Formación Profesional de Grado Medio en centros privados, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería competente en materia de Educación.

d) Curso de formación específico, para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior, en centros públicos, concertados o privados, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería competente en materia de Educación.

e) Curso de Formación Profesional de Grado Superior en centros públicos, concertados o privados, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería competente en materia de Educación.

f) Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria Obligatoria, desarrollados por Ayuntamientos u otras entidades sin ánimo de lucro que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte u otro organismo público.

Requisitos:

a) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de beneficiario, al cumplir con todos los requisitos establecidos normativamente.

b) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 LGS.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2017
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 134
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento