Becas de tecnificacion deportiva de la Ciudad Autonoma de Melilla.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S49246/11

Norma:

Melilla a 11 de noviembre de 2011. Melilla, a 10 de octubre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/12/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El apoyo a la tecnificación de deportistas de la Ciudad de Melilla que, habiendo acreditado una calidad inicial y una especial dedicación a la actividad deportiva, auguren una proyección inmediata o futura para el deporte de alta competición.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Fomento, Juventud y Deportes (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

-Nivel A: 3 becas, cada una de ellas dotadas con una asignación de 6.000 Euros.

-Nivel B: 3 becas, cada una de ellas dotadas con una asignación de 4.500 Euros.

-Nivel C: 6 becas, cada una de ellas dotadas con una asignación de 3.000 Euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención, y que
reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen tres niveles de becas:

- Nivel A.

- Nivel B.

- Nivel C.

Requisitos:

a) Poseer la condición de melillense conforme al artículo 4 de la Ley 2/1995, de Estatuto de Autonomía de Melilla.

b) Estar en activo y federado en la Federación Melillense correspondiente al menos desde el 1 de enero del año anterior al objeto de la convocatoria según Anexo III.

c) Haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla.

d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con la Ciudad Autónoma de Melilla.

e) Haberse clasificado, al menos, entre los ocho primeros en el Campeonato de España Oficial de su modalidad deportiva durante el año correspondiente.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en estas Bases las deportistas becados en quienes concurra alguna de las demás circunstancias establecidas en los apartados 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, en los términos establecidos en sus apartados 4 a 6. La justificación por parte de los deportistas de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario se llevará a efecto mediante certificación administrativa, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público.

Documentos asociados

Boletín: 14/10/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4860
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/11/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4869
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento