Becas de guardería, con destino a promover la conciliación de la vida profesional y familiar.
Código de ayuda:
S01164/05Norma:
Sesión ordinaria de 10 de enero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar mediante la convocatoria pública de becas de guardería para niños y niñas de 0 a 6 años.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Santander (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El precio que el Ayuntamiento abonará por cada una de las plazas ocupadas, queda recogido en el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Santander y La Asociación de Guarderías y Escuelas Infantiles del Sector Privado de Cantabria, para la concesión de becas de guardería, y para el año 2005 es el siguiente:- Importe de la beca completa: 160 euros/mes
- Importe de la beca media: 144 euros/mes
- Importe de la beca parcial: 105 euros/mes
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
- Las solicitudes preferentemente serán presentadas por mujeres, que deberán estar trabajando o en período de formación para el empleo.- También podrán presentar solicitud los hombres cuando sean cabeza de familia monoparental (entendiendo por familia monoparental la formada por un adulto con uno o mas menores a su cargo), igual que en el caso anterior es preciso que esté trabajando o formándose para el empleo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se podrá solicitar beca para las Guarderías que han firmado convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Santander, y con las que se adhieran al mismo.Se podrá solicitar beca para estancia completa, media, o parcial:
- Se entiende como estancia completa la asistencia del niño o niña al horario completo de la guardería (entre 8 y 10 horas) incluyéndose desayuno, comida y merienda).
- Se considera como estancia media cuando el niño o niña permanece en la guardería mas de cuatro horas y menos de ocho horas, y el período de estancia comprende desayuno y comida, o comida y merienda.
- Se considera estancia parcial cuando se asiste un máximo de 4 horas, en horario de mañana o tarde, en cuyo caso no se incluiría la comida, solo el desayuno o la merienda, según corresponda al horario.
Requisitos:
- Estar empadronado/a en el municipio de Santander.- Tener a su cargo uno o más menores en edades comprendidas entre los 0 y los 6 años ( las situaciones especiales como el acogimiento familiar, deberán ser debidamente documentadas).
- Que los ingresos económicos de la unidad de convivencia no superen los máximos establecidos en estas Bases.
Documentos asociados
Boletín:
21/01/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 14
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 14
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento