Becas de formación técnica y práctica en materia de ordenación pesquera y de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S26255/16

Norma:

Orden AAA/1181/2016, de 7 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de agosto de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la formación técnica y práctica en materia de ordenación pesquera y asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo de la Secretaría General de Pesca mediante la convocatoria de 4 becas en el área de ordenación pesquera y 2 becas en el área de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo, por un período inicial máximo de 10 meses pudiendo prorrogarse anualmente por 3 años más.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Becas

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Españoles o nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea o extranjeros residentes en España, que hayan finalizado los estudios en los cuatro años anteriores al de la publicación del presente extracto y que estén en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado universitario o titulaciones equivalentes en:

-Área de ordenación pesquera: materias relacionadas con las funciones descritas en el artículo 1 apartado 3. a). de la convocatoria.

-Área de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo: título de graduado universitario, licenciado o titulación equivalente en derecho.

Requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o extranjeros residentes en España, que hayan finalizado los estudios a los que se refiere el apartado b) en los cuatro años anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado universitario o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con las becas objeto de la correspondiente convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c) Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España un periodo inferior a dos años.

d) Conocimiento de inglés. Se valorará, asimismo, tener conocimiento de francés.

e) Conocimientos informáticos.

f) No estar incurso en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 18/07/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 172
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 24/07/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 175
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/07/2017
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