Becas de formación del Instituto Cervantes.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S17500/17

Norma:

Orden AEC/365/2017, de 10 de abril. Resolución de 27 de abril de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Formar especialistas en las distintas tareas del Instituto Cervantes, relacionadas con la promoción de la enseñanza, el estudio, el uso de la lengua y de la cultura española e hispanoamericana en el exterior; la adquisición de conocimientos prácticos en sistemas de información, de gestión, de difusión y gestión cultural, incluidas las de carácter administrativo y de asesoramiento jurídico.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Becas
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las becas será de 800 euros brutos mensuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Poseer plena capacidad de obrar.

b) Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

c) Dominio del idioma español. Los candidatos que no tengan nacionalidad española, deberán poseer el Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE) o el Certificado SIELE, cuyos niveles se indicarán en la convocatoria.

d) Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de la solicitud de las becas, el título universitario de grado, o en su caso el título de licenciado, ingeniero o arquitecto, en las materias y especialidades relacionadas con las becas objeto de la correspondiente convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos por la autoridad competente de España y producir plenos efectos jurídicos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título requerido en los cinco cursos académicos anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

f) Estar en posesión de los demás títulos académicos y contar con los conocimientos que para cada beca se especifiquen en la correspondiente convocatoria.

g) No estar incursos en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

h) No haber sido beneficiario con anterioridad de una beca concedida por el Instituto Cervantes, de duración superior a un año.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 11/05/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 112
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
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