Becas “Jorge Francisco Tello Muñoz”, para estancias en centros extranjeros.

Código de ayuda:

S28255/04

Norma:

Orden 1598/2004, de 14 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/01/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de becas “Jorge Francisco Tello Muñoz”, para estancias en centros extranjeros, efectuadas por titulados superiores universitarios que ejercen su actividad profesional en los Centros y Servicios de la Consejería de Sanidad y Consumo y que se realicen durante el año 2004.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas con los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud:
a) Ejercer su actividad profesional, durante la realización de la estancia para la que se solicita la beca, como titulados superiores universitarios, en los Centros y Servicios de la Consejería de Sanidad y Consumo, o pertenecer a la plantilla de esta Consejería.
b) En los Centros en que proceda, los candidatos que se encuentren en período de Formación Sanitaria Especializada (Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Bioquímicos, Biólogos, Psicólogos y Radiofísicos Hospitalarios) y los que tengan atribuidas funciones docentes en la citada Formación (por ejemplo tutorías de residentes), deberán tener una evaluación positiva de la Comisión de Docencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las estancias en Centros extranjeros relacionados con la actividad sanitaria, con las siguientes características:
1. El número máximo de becas a conceder será de 50.
Cada beca comprende una asignación económica cuya cuantía única se fija en un máximo de 3.090 euros.
2. La estancia para la que se solicite la beca deberá ser, como mínimo, de treinta días naturales, incluido el tiempo empleado en el viaje, y deberá iniciarse antes del fin del año 2004.

Documentos asociados

Boletín: 28/12/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 308
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 28/12/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 308
Documento: Anexos Descargar Documento