Bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte.

Código de ayuda:

S22364/15

Norma:

Resolución de 28 de abril de 2015. Resolución de 24 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/05/2016

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar y promover la realización de actuaciones en el sector del transporte que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono, mediante la ejecución de proyectos de ahorro y eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, conforme a las condiciones establecidas por las presentes bases y, en caso de cofinanciación FEDER, el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la medida 1 del anexo I (Planes de transporte sostenible al centro de trabajo) los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que de forma individual, o conjuntamente con otras, implanten para sus propias dependencias o centros planes de transporte sostenible al centro de trabajo.

Podrán ser beneficiarios de la medida 2 del anexo I (Gestión de flotas de transporte por carretera) los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que cuenten con una flota de, al menos, cuatro (4) vehículos de transporte por carretera de más de 3.500 kg de MMA o más de (9) nueve pasajeros de las categorías M2, M3, N2 y N3 (camiones y autobuses).

Podrán ser beneficiarios de la medida 3 del anexo I (Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales) las siguientes personas o entidades:

a) Los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que tengan como actividad principal la formación de conductores o competencias en la regulación de la formación de conductores.

b) Las asociaciones o agrupaciones empresariales del sector de la enseñanza de la conducción.

c) Las asociaciones o agrupaciones empresariales del sector del transporte.

d) Otras asociaciones o empresas del sector de la automoción que realicen actividades de formación en conducción eficiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tipología de actuaciones acogidas al Programa.

1. Para poder acogerse al Programa, las actuaciones susceptibles de ayuda habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a la situación inicial y cumplir con las condiciones establecidas por las presentes bases.

2. Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética deberán cumplir con los requisitos esenciales que se establecen en el anexo I y deben encuadrarse en una o varias de las tipologías siguientes:

1) Planes de transporte sostenible al centro de trabajo.
2) Gestión de flotas de transporte por carretera.
3) Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales.

3. Las actuaciones deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso de que la actuación lo requiera.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento