Ayudas públicas en el marco del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, destinadas a empresas.

Código de ayuda:

S61091/18

Norma:

Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre. Orden de 4 de febrero de 2020. Resolución de 8 de Abril de 2020. Orden de 25 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Misiones CDTI: Hasta el 23 de julio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) El fomento de la colaboración público-privada como mecanismo para acelerar la difusión y uso del conocimiento y tecnologías, la creación de capacidades de absorción y la valorización de los resultados de I+D+i.

b) El impulso de proyectos de carácter estratégico que movilizan importantes recursos públicos y privados y fortalecen el papel tractor de grandes empresas mediante la creación de redes de colaboración abiertas a PYMEs, centros tecnológicos, y organismos de investigación.

c) El apoyo al crecimiento y expansión internacional de empresas innovadoras.

d) La creación de empresas de base tecnológica.

e) La promoción de la participación en programas bilaterales y multilaterales de cooperación, prestando especial atención al Programa Marco de investigación «Horizonte 2020».

f) El impulso de la industria de la ciencia apoyando la participación de empresas españolas en la construcción de grandes instalaciones científico-técnicas europeas e internacionales y en grandes proyectos tecnológicos espaciales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia e Innovacion ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios en las correspondientes convocatorias, efectuadas al amparo de esta orden, en los términos que las mismas establezcan y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las empresas, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de I+D. Estos proyectos deberán ser resultado de iniciativas empresariales en cooperación, de carácter estratégico, intensivas en I+D y orientadas a grandes retos tecnológicos. Podrán tener asimismo origen en consorcios empresariales de carácter regional o inter-regional o en la colaboración tecnológica internacional. Estos proyectos podrán contemplar la participación de organismos de investigación para la ejecución de paquetes de trabajo específicos dentro de los objetivos planteados.

b) Nuevos proyectos empresariales de pequeñas empresas innovadoras que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

c) Proyectos de I+D o estudios de viabilidad evaluados positivamente en el marco de las convocatorias del Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Unión Europea «Horizonte 2020», o en el programa que le sustituya, y que no hayan obtenido financiación en dicho programa.

d) Proyectos de I+D, que consistan en pruebas de concepto y estudios de viabilidad de tecnologías e innovaciones de carácter disruptivo, con el objetivo de contribuir a reducir el riesgo empresarial asociado a estas tecnologías y acelerar el proceso de innovación gracias al cribado de opciones tecnológicas reales en su estadio más temprano para progresar en su desarrollo.

e) Acciones de dinamización, que tengan como objetivo impulsar, a lo largo del período de ejecución del Plan Estatal, aspectos que contribuyen a la consecución de los objetivos del mismo. En particular, están destinadas a potenciar la internacionalización y apertura del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y sus instituciones. Se incluyen, entre otras, acciones dirigidas a:

i. incentivar y reconocer la participación de empresas y otras entidades que, de manera individual y en cooperación, participen en convocatorias europeas, especialmente las derivadas del Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Unión Europea «Horizonte 2020», o programa que le sustituya;

ii. fomentar la presentación de ofertas para el diseño, desarrollo y operación de Grandes Instalaciones Científico-Tecnológicas nacionales e internacionales, o en otros organismos nacionales o internacionales en el ámbito espacial o científico-tecnológico;

iii. promover la participación en proyectos de cooperación tecnológica internacional a través de la realización de misiones internacionales de cooperación tecnológica para fomentar la participación de empresas en foros internacionales que faciliten el encuentro con potenciales socios estratégicos en futuros consorcios internacionales;

iv. impulsar la formación y capacidades del personal responsable de proyectos internacionales de I+D+I, tanto en empresas como en instituciones públicas,

v. y mejorar las capacidades empresariales, incluidas las de información, asesoramiento y formación de redes de colaboración, en futuros proyectos de ámbito nacional e internacional.

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