Bases reguladoras para la concesion de subvenciones a Empresas Agroalimentarias para la transformacion y comercializacion de productos agricolas y se efectua su convocatoria para 2008.

Código de ayuda:

S51500/08

Norma:

ORDEN de 8 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a grandes empresas para la transformación y comercialización de productos agrícolas, entendiéndose como tales los definidos
en el punto VI de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones que se concedan no podrán superar el 20% de la inversión subvencionable y su importe deberá ser inferior a 22,5 millones de euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente Orden las personas físicas y jurídicas, que ejerzan y asuman las actividades de transformación y comercialización de productos agrícolas en Andalucía y sean responsables finales de la financiación de las inversiones y titulares de Grandes
empresas con 750 empleados o más y un volumen de negocio de 200 millones de euros o superior.

Quedan excluidas las sociedades civiles, comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas que carezcan de personalidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Inversiones y actuaciones subvencionables:

1. Se considerarán subvencionables los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales relativos a:

a) La creación de un nuevo establecimiento.

b) La ampliación de un establecimiento existente.

c) Diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercados de productos nuevos y adicionales.

d) Una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente.

Quedan por tanto excluidas de este concepto las inversiones de sustitución que no cumplan ninguna de estas condiciones.

2. Las industrias en las que se proyecten las inversiones deberán estar inscritas en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía, en el caso de instalaciones existentes. Los proyectos de inversión deberán cumplir las normas mínimas sobre higiene y bienestar animal si procede, y deberán cumplir con los requisitos ambientales a que estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integral de la Calidad Ambiental.

Requisitos:

Requisitos generales para acceder a las subvenciones:

1. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) Haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o Ley General Tributaria.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 3/2004, de Medidas Tributarias, Administrativas o Financieras, tampoco podrán obtener la condición de beneficiario quienes tengan deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.

3. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarias las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo
de inscripción por encontrarse indicios racionales de licitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.

Documentos asociados

Boletín: 16/07/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 141
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento