Bases reguladoras de las subvenciones que se concedan en el ambito deportivo de la Region de Murcia.

Código de ayuda:

S48355/10

Norma:

Orden de 27 de julio de 2010.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras de las subvenciones que conceda la Consejería competente en materia de deportes de la Región de Murcia en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los créditos de sus presupuestos, y en particular en las siguientes líneas:

Primera.- Clubes deportivos.

Segunda.- Federaciones deportivas.

Tercera.- Entidades Locales.

Cuarta.- Deportistas.

Quinta.- Cualquier otra cuya convocatoria así lo determine.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En las respectivas convocatorias se indicará la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas así como la cuantía adicional en que podrá incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 58 del Reglamento de la LGS.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas que se encuentren en situación que fundamente la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en cada convocatoria.

Las convocatorias podrán extender la condición de beneficiario a:

a) Los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamenten la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del beneficiario, en el supuesto de que éste tenga la condición de persona jurídica.

b) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o que se encuentren en la situación que motiva la concesión.

Requisitos:

a) No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c) Estar inscritos en el Registro de Entidades deportivas de la Región de Murcia, o en caso de carecer de dicha inscripción, haberla solicitado, antes de la finalización del plazo de solicitud de la subvención. Este requisito será exigible solamente para las entidades a las que se refiere el Decreto 222/2006, de 27 de
octubre, por el que se regula el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

d) Cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.

e) Las correspondientes convocatorias expresarán los demás requisitos para solicitar la subvención y la forma de acreditarlos, en cumplimiento del artículo 17, apartado 2, letra e) de la LSCARM, a cuyo efecto indicarán los documentos e informaciones que han de acompañarse a las expresadas solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 07/08/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras. Descargar Documento