Bases reguladoras de la convocatoria de concesion de subvenciones por la Empresa Publica de Gestion de Programas Culturales, en el año 2010, para proyectos de investigacion sobre la lectura en el ambito de la Comunidad Autonoma de Andalucia.

Código de ayuda:

S21700/10

Norma:

Orden de 16 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de mayo de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la convocatoria, que se efectúa mediante la presente Orden, de subvenciones en el año 2010, para proyectos de investigación sobre la lectura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas concedidas se fijará en la resolución que se dicte, con un el límite máximo por beneficiario y convocatoria de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas cuantos investigadores lo deseen, sin distinción de nacionalidad, personas físicas o jurídicas, siempre que residan en Andalucía y el objeto de la investigación se refiera al ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Podrán acceder también a la condición de beneficiario las agrupaciones (equipos) de investigadores que reúnan dichos requisitos y que, aun careciendo de personalidad jurídica propia, puedan llevar a cabo el proyecto de investigación. En este supuesto, deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación (o equipo), así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrá igualmente la condición de beneficiario. En cualquier caso deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, y sólo podrá disolverse ésta una vez transcurridos los plazos contemplados en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo III).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Trabajos de investigación en torno a la historia y formas de la lectura.

b) Estudios de prospección sobre tendencias y nuevas formas de lectura.

c) Análisis y evaluación de las actuaciones sobre planes lectores que existan en Andalucía en los diferentes ámbitos.

d) Trabajo de campo consistente en la recopilación, grabación y estudios sobre narración oral.

e) Elaboración de guías de recursos sobre actividades, experiencias y prácticas de la lectura que existan en los diferentes ámbitos.

Requisitos:

Los proyectos que se presenten deben ser nuevos, es decir, que no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2010, y en el caso de que habiéndose iniciado después de esa fecha y concluidos antes de que se dicte la resolución resolviendo el procedimiento de concesión de subvenciones, que el resultado de los mismos no hayan sido objeto de publicación.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento