Bases que regirán las ayudas estructurales al sector pesquero del Principado de Asturias, dentro del marcoIFOP para el período 2004-2006, mediante tramitación de anticipado de gasto.

Código de ayuda:

S00491/06

Norma:

RESOLUCION de 28 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Según se establezca en las correspondientes convocatorias.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas de desarrollo y aplicación de las ayudas previstas en la normativa comunitaria y básica del Estado para los ajustes de los esfuerzos pesqueros, para la modernización de buques, la acuicultura, la transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura y medidas de carácter socioeconómico, todo ello de acuerdo con lo establecido para cada caso.

Las ayudas tienen como fin la modernización de las estructuras productivas del sector pesquero del Principado de Asturias favoreciendo la conservación y explotación a largo plazo de los recursos pesqueros, conforme con la política pesquera común y con las disposiciones de los programas de orientación
plurianuales para la flota pesquera.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de cada ayuda se recoge en el anexo I de estas bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    Tendrá la consideración de beneficiario de la ayuda el destinatario de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, las cuales se concretan en estas bases para cada una de las líneas de ayuda.

    Inexcusablemente, las subvenciones se destinarán a establecimientos ubicados o que pretendan ubicarse en el Principado de Asturias, con las peculiaridades señaladas para la flota.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    Líneas de subvención:

    - Paralización definitiva de buques pesqueros.

    - Modernización y reconversión de buques pesqueros.

    - Fomento de la acuicultura.

    - Transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.

    - Medidas socioeconómicas.

    Requisitos:

    Los interesados en solicitar estas ayudas deberán cumplir, además de los requisitos establecidos para cada línea de ayudas, las siguientes condiciones:

    a) Al efectuar las solicitudes de ayuda y de pagos, el solicitante deberá estar al corriente en el cumplimiento
    de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no sea deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.

    b) Las subvenciones, con las peculiaridades señaladas para la flota, se destinarán inexcusablemente a establecimientos localizados o que pretendan ubicarse en el Principado de Asturias y son incompatibles con otras ayudas que, procediendo de otro programa operativo de la Unión Europea, se pretendan destinar a subvencionar el mismo gasto; en los demás casos deberá tenerse en cuenta que el total de las ayudas no puede superar los máximos establecidos en la normativa comunitaria.

    c) No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que estuviesen incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    d) Las ayudas para inversiones se destinarán a actuaciones futuras, cuyo inicio deberá ser siempre posterior
    al momento en que se presente la solicitud de ayuda, lo cual será objeto de comprobación sobre el terreno
    por parte de la Dirección General de Pesca, que lo recogerá en el correspondiente informe. Tras la expedición de dicho informe, el solicitante podrá realizar las inversiones por su cuenta y riesgo con anterioridad a la notificación de la resolución, no pudiendo prejuzgar, en ningún caso, que la inspección o el informe posterior predeterminan el derecho a recibir la ayuda solicitada.

    Documentos asociados

    Boletín: 13/01/2006
    BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 9
    Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento