Bases del Plan de recuperación de las explotaciones de olivo afectadas por las heladas de la segunda quincena de diciembre de 2001 y convocatoria para las ayudas correspondientes a la campaña 2003-2004.

Código de ayuda:

S25937/04

Norma:

Orden ARP/410/2004, de 11 de noviembre. Orden ARP/2/2005, de 4 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas del Plan de recuperación correspondientes a la campaña 2003-2004, destinadas a cubrir los costes de recuperación del potencial productivo de las explotaciones de olivo afectadas por las heladas de la segunda quincena de diciembre de 2001.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda máxima por explotación anual no podrá ser superior a los 30.000 euros, excepto en el caso de ATP donde no habrá esta limitación.

Importes anuales máximos de ayuda por tipo de actuación:
Año 1
Poda severa: 1.078,48 euros.
Corte de los olivos en la cruz: 1.565,80 euros.
Corte de los olivos en la base (adultos): 1.864,33 euros.
Corte de los olivos en la base (jóvenes): 1.089,98 euros.
Replantación (adultos): 2.204,85 euros.
Replantación (jóvenes): 976,56 euros.

Año 2
Poda severa: 962,25 euros.
Corte de los olivos en la cruz: 879,45 euros.
Corte de los olivos en la base (adultos): 884,08 euros.
Corte de los olivos en la base (jóvenes): 892,46 euros.
Replantación (adultos): 2.030,04 euros.
Replantación (jóvenes): 2.064,04 euros.

Año 3
Poda severa: 0,00 euros.
Corte de los olivos en la cruz: 959,01 euros.
Corte de los olivos en la base (adultos): 815,26 euros.
Corte de los olivos en la base (jóvenes): 787,86 euros.
Replantación (adultos): 977,70 euros.
Replantación (jóvenes): 1.029,44 euros.

Año 4
Poda severa: 0,00 euros.
Corte de los olivos en la cruz: 992,59 euros.
Corte de los olivos en la base (adultos): 965,17 euros.
Corte de los olivos en la base (jóvenes): 890,32 euros.
Replantación (adultos): 1.028,39 euros.
Replantación (jóvenes): 1.049,63 euros.

Año 5
Poda severa: 0,00 euros.
Corte de los olivos en la cruz: 1.008,38 euros.
Corte de los olivos en la base (adultos): 971,10 euros.
Corte de los olivos en la base (jóvenes): 938,22 euros.
Replantación (adultos): 806,04 euros.
Replantación (jóvenes): 778,97 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las explotaciones que fueron beneficiarias de la ayuda que establecía la Orden ARP/320/2003, de 11 de julio, que cumplan las condiciones siguientes:
- Que tuvieran parcelas con potencial productivo antes del siniestro.
- Que la producción de la explotación de la campaña de referencia sea inferior al 80% de la producción media anterior al siniestro.
- Que el titular de la explotación resida en alguno de los municipios relacionados en el anexo 3 de esta Orden desde antes del 1 de diciembre de 2001.
- Que las parcelas solicitadas estén a nombre del solicitante en la declaración de cultivo presentada al amparo del Reglamento CEE 2366/98, de la Comisión, de 30 de octubre, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de ayuda a la producción de aceite de oliva para las campañas de comercialización 1998-1999 a 2000-2001.

Se excluyen de la ayuda las parcelas sin potencial productivo antes del siniestro y las plantaciones jóvenes no sustitutivas posteriores al 1 de mayo de 1998.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones realizadas en función de los daños y las actuaciones iniciales son las siguientes:
a) Poda severa y corte en la cruz.
Poda de mantenimiento.
Recolección y eliminación de ramas.
Mantenimiento del suelo (suelo cultivado, labrado, etc.).
b) Corte en la base adultas y jóvenes.
En los brotes que sean superiores a los 80 cm deben haberse escogido los brotes principales y eliminado o despuntado el resto.
Atar, si es necesario.
Podar para formar.
Poner protecciones, si es necesario.
Recolección y eliminación de ramas.
Mantenimiento del suelo (suelo cultivado, labrado, etc.).
c) Replantar adultos y jóvenes.
Atar, si es necesario.
Podar para formar.
Poner protecciones, si es necesario.
Recolección y eliminación de ramas.
Mantenimiento del suelo (suelo cultivado, labrado, etc.).

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4264
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/01/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4304
Documento: Modificación Descargar Documento