Bases de las Subvenciones destinadas a financiar la realización de actividades ambientales dirigidas a asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.

Código de ayuda:

S00091/00

Norma:

Orden 1473/2000, de 7 de abril. Orden 149/2002, de 30 de enero.

Plazo de Solicitud:

Del 1 al 31 de enero de cada año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que realicen actuaciones que supongan una mejora de las condiciones ambientales en la Comunidad de Madrid o que sirvan para sensibilizar e implicar a la población en alguna problemática ambiental de interés en la Comunidad de Madrid.
Las actividades a subvencionar deberán ser realizadas en el territorio de la Comunidad de Madrid y dentro del período comprendido entre el 1 de enero y el 15 de noviembre del año en curso.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de cada subvención concedida no podrá superar la cifra de 12.020,24 euros por cada perceptor o entidad adjudicataria.
Del importe del proyecto a subvencionar se excluirá el IVA correspondiente, salvo aquellas asociaciones o entidades que estén exentas de dicho impuesto y así lo acrediten.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:
— Tratarse de entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, debidamente inscritas en los Registros administrativos correspondientes.
— Incluir entre sus fines la realización de actuaciones de mejora y protección del medio ambiente o de sensibilización ambiental o acreditar la realización de trabajos y experiencias efectuadas por la entidad o asociación, en los que se contemple la realización de actividades ambientales objeto de la convocatoria, en el último año.
— Tener implantación en el territorio madrileño o en un espacio mayor, en cuyo caso deberán tener sede domiciliada en la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones que supongan una mejora de las condiciones ambientales en la Comunidad de Madrid o que sirvan para sensibilizar e implicar a la población en alguna problemática ambiental de interés.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2000
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/04/2000
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 88
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/02/2002
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 32
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 12/05/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 112
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 03/06/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 131
Documento: Complemento a las Bases para 2005 Descargar Documento
Boletín: 29/12/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 310
Documento: Derogación Descargar Documento