Bases de las Ayudas económicas a las Empresas Industriales en Aragón, y modificaciones.

Código de ayuda:

S00119/00

Norma:

DECRETO 52/2000, de 14 de marzo. Modificación en DECRETO 218/2005, de 25 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en su respectiva Convocatoria. Decreto Regulador 2000-2006.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo y la coordinación de todas aquellas actividades encaminadas a favorecer la promoción y la mejora de la competitividad de las empresas industriales como requisito previo para el fortalecimiento del tejido industrial y la creación de puestos de trabajo duraderos con el fin último del desarrollo socioeconómico de Aragón.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Industria, Comercio y Turismo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención nunca podrá, en concurrencia con ayudas y subvenciones de otras Administraciones públicas o entes privados y públicos, nacionales o internacionales, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas industriales o de servicios conexos a la industria radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, que realicen efectivamente su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma y que desarrollen una actividad industrial o de servicios técnicos.

También podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones empresariales que realicen labores de promoción, ayuda o prestación de servicios a las empresas industriales aragonesas.

Asimismo, podrán admitirse como beneficiarias las Corporaciones Locales para la realización de proyectos específicos de infraestructura industrial o apoyo a la implantación de PYMES.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas a las inversiones.
a) Modernización de las instalaciones existentes.
b) Nuevas instalaciones industriales.

2. Actuaciones para la mejora de la competitividad industrial.
a) Actuaciones en nuevas tecnologías de la información.
b) Sistemas de gestión de la producción.
c) Organización industrial.

3. Introducción del Diseño Industrial.

4. Calidad industrial.
a) Sistemas de calidad industrial.
b) Obtención de patentes y homologaciones.

5. Innovación.
a) Apoyo a la implantación de nuevas actividades industriales innovadoras.
b) Apoyo a la investigación y desarrollo tecnológico.

6. Otras actuaciones relevantes no encuadradas en los epígrafes anteriores.
a) Redes territoriales.
b) Ahorro y eficiencia energética.
c) Incorporación a la empresa de jóvenes titulados.
d) Fomento de la cooperación empresarial.
e) Minería no energética.
f) Fomento del asociacionismo.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este artículo como beneficiarios.

Documentos asociados

Boletín: 22/03/2000
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 34
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/11/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 133
Documento: Modificación Descargar Documento