Bases Reguladoras de las Subvenciones a entidades educativas, socioculturales y deportivas.

Código de ayuda:

S58764/05

Norma:

Bases de 28 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Modalidad A: del 20 de enero al 20 de febrero del ejercicio a subvencionar. Modalidad B: los 45 días anteriores a la actividad.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, obtención, justificación y cobro de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Beniarjó, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones y entidades de la localidad, para el desarrollo de actividades de carácter cultural, social, educativo y deportivo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Ayuntamiento de Beniarjó (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y las entidades domiciliadas en el municipio de Beniarjó, que desarrollen actuaciones de fomento, desarrollo y promoción de la música, el teatro, la danza, la literatura, las artes plásticas y audiovisuales, así como cualquier otra disciplina de índole artística o cultural y también actividades de índole social y deportiva.

No podrán ser benefi ciarias de estas subvenciones aquellas entidades que se encuentren en cualquiera de las situaciones de prohibición de poseer tal condición, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán otorgarse subvenciones de carácter cultural en las siguientes modalidades:
A) Subvención anual para el mantenimiento y programación general de actividades.
B) Subvención para actividades o acontecimientos de carácter extraordinario.

Son subvencionables en la modalidad A los programas anuales de funcionamiento, actividades y mantenimiento general de la entidad.
Son subvencionables en la modalidad B aquellas actuaciones o acontecimientos puntuales y de carácter extraordinario que surjan de manera imprevista o que sean de difícil previsión, una vez fi nalizado el plazo para solicitar subvención en la modalidad A.

Documentos asociados

Boletín: 23/12/2005
BO Provincia de Valencia- Nº 304
Documento: Bases Reguladoras y Solicitud Descargar Documento