Bases Reguladoras de las Subvenciones a Municipios y Mancomunidades de la Comunidad de Madrid en materia de fomento de la actividad museística.
Código de ayuda:
S04219/06Norma:
ORDEN 101/2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/03/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar las siguientes líneas básicas de actuación en museos, colecciones y salas de exposiciones de Entidades Locales situadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a estas ayudas las Corporaciones Locales y las Mancomunidades de Municipios pertenecientes a la Comunidad de Madrid que tengan entre sus fines las actividades museísticas y expositivas encuadrables dentro del objeto.No podrán obtener la condición de beneficiario los Municipios y Mancomunidades en quienes concurran alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1º El estudio, inventario y divulgación de los fondos museísticos municipales (Proyectos museológicos; trabajos de investigación y estudio temático de las colecciones; inventario y catalogación de fondos; fotografía y digitalización de los mismos; publicación de catálogos, guías y monografías; páginas web y aplicaciones multimedia para la difusión de colecciones y formación de personal técnico de museos).2º La adquisición y mejora de instalaciones, equipamiento y colecciones (Adquisición de equipamiento para museos y colecciones: equipos y sistemas de conservación y seguridad, mobiliario y equipos informáticos; adquisición de colecciones para el incremento de los fondos museísticos; mejora de las instalaciones museográficas y montajes expositivos; señalización interna y externa de la situación y localización de los museos y colecciones y restauración y conservación de las mismas).
3º Equipamiento de salas de exposiciones municipales (sistemas de colgado; sistemas de iluminación y mobiliario y, excepcionalmente, sistemas audiovisuales).
Se entiende por salas de exposiciones municipales los locales de titularidad municipal en los que se lleva a cabo la realización regular de exposiciones temporales promovidas u organizadas por el Ayuntamiento.
Están excluidos del ámbito de aplicación de estas bases los proyectos financiados con ayudas del Programa Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de Madrid (PRISMA), que comprendan las actuaciones o proyectos señalados en el apartado 1 de este artículo.
Documentos asociados
Boletín:
18/02/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 42
Documento: Bases Reguladoras y Solicitud Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 42
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