Bases Reguladoras de las Subvenciones a Municipios y Mancomunidades de la Comunidad de Madrid en materia de fomento de la actividad museística.

Código de ayuda:

S04219/06

Norma:

ORDEN 101/2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar las siguientes líneas básicas de actuación en museos, colecciones y salas de exposiciones de Entidades Locales situadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas las Corporaciones Locales y las Mancomunidades de Municipios pertenecientes a la Comunidad de Madrid que tengan entre sus fines las actividades museísticas y expositivas encuadrables dentro del objeto.

No podrán obtener la condición de beneficiario los Municipios y Mancomunidades en quienes concurran alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1º El estudio, inventario y divulgación de los fondos museísticos municipales (Proyectos museológicos; trabajos de investigación y estudio temático de las colecciones; inventario y catalogación de fondos; fotografía y digitalización de los mismos; publicación de catálogos, guías y monografías; páginas web y aplicaciones multimedia para la difusión de colecciones y formación de personal técnico de museos).

2º La adquisición y mejora de instalaciones, equipamiento y colecciones (Adquisición de equipamiento para museos y colecciones: equipos y sistemas de conservación y seguridad, mobiliario y equipos informáticos; adquisición de colecciones para el incremento de los fondos museísticos; mejora de las instalaciones museográficas y montajes expositivos; señalización interna y externa de la situación y localización de los museos y colecciones y restauración y conservación de las mismas).

3º Equipamiento de salas de exposiciones municipales (sistemas de colgado; sistemas de iluminación y mobiliario y, excepcionalmente, sistemas audiovisuales).
Se entiende por salas de exposiciones municipales los locales de titularidad municipal en los que se lleva a cabo la realización regular de exposiciones temporales promovidas u organizadas por el Ayuntamiento.
Están excluidos del ámbito de aplicación de estas bases los proyectos financiados con ayudas del Programa Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de Madrid (PRISMA), que comprendan las actuaciones o proyectos señalados en el apartado 1 de este artículo.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 42
Documento: Bases Reguladoras y Solicitud Descargar Documento