Ayudas y subvenciones para inversiones de empresas del sector de la magia para el año 2007.
Código de ayuda:
S46391/07Norma:
Resolucion de 4 de mayo de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/06/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta resolución, en el desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/1989, de 21 de abril, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, tiene por objeto fijar las bases, en régimen de concurrencia competitiva, que regularán el régimen de ayudas y subvenciones establecidas por el IGAEM para la realización de inversiones productivas por parte de las empresas productoras y distribuidoras de espectáculos de magia, dentro del marco de las competencias de este organismo, procediéndose a su convocatoria para el presente año 2007.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda será, como máximo, del 50% del importe total del proyecto de inversión presentado,con el límite máximo por beneficiario de 10.000 € (diez mil euros) y un límite mínimo de 3.000 € (tres mil euros).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Dentro de los límites presupuestarios, y de acuerdo con las condiciones y criterios que se establecen en estas bases, podrán acceder a estas ayudas las personas físicas y jurídicas que tengan como actividadhabitual la producción y distribución mercantil de espectáculos de magia, con domicilio o sede social en
la Comunidad Autónoma de Galicia, quedando exceptuadas las asociaciones y demás entidades sin
fines de lucro.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los costes o gastos subvencionados objeto de esta convocatoria consistirán en proyectos de inversión decuantía no inferior a los 8.000 € (ocho mil euros), destinados a ayudas para inversiones realizadas entre el
1 de enero de 2007 y el 30 de noviembre de 2007, incluyéndose:
-Aparatos de magia o aparatos de específica e insustituible necesidad para la creación de momentos
mágicos, según la siguiente clasificación:
a) Aparatos de magia certificados de nueva adquisición, con un precio unitario no inferior a los 1.500 €.
b) Aparatos de fabricación sobre plano, con un precio unitario no inferior a los 2.000 €.
c) Aparatos de nueva creación, con un precio unitario no inferior a los 3.000 €.
-Equipamiento escénico, con un precio unitario no inferior a los 1.000 €, consistente en:
a) Equipo de sonido.
b) Equipo de luz.
c) Equipo escenográfico.
-Vehículos industriales.
Documentos asociados
Boletín:
29/05/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 102
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 102
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento