Ayudas y subvenciones para inversiones de empresas del sector de la magia para el año 2007.

Código de ayuda:

S46391/07

Norma:

Resolucion de 4 de mayo de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/06/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución, en el desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/1989, de 21 de abril, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, tiene por objeto fijar las bases, en régimen de concurrencia competitiva, que regularán el régimen de ayudas y subvenciones establecidas por el IGAEM para la realización de inversiones productivas por parte de las empresas productoras y distribuidoras de espectáculos de magia, dentro del marco de las competencias de este organismo, procediéndose a su convocatoria para el presente año 2007.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda será, como máximo, del 50% del importe total del proyecto de inversión presentado,
con el límite máximo por beneficiario de 10.000 € (diez mil euros) y un límite mínimo de 3.000 € (tres mil euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Dentro de los límites presupuestarios, y de acuerdo con las condiciones y criterios que se establecen en estas bases, podrán acceder a estas ayudas las personas físicas y jurídicas que tengan como actividad
habitual la producción y distribución mercantil de espectáculos de magia, con domicilio o sede social en
la Comunidad Autónoma de Galicia, quedando exceptuadas las asociaciones y demás entidades sin
fines de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes o gastos subvencionados objeto de esta convocatoria consistirán en proyectos de inversión de
cuantía no inferior a los 8.000 € (ocho mil euros), destinados a ayudas para inversiones realizadas entre el
1 de enero de 2007 y el 30 de noviembre de 2007, incluyéndose:

-Aparatos de magia o aparatos de específica e insustituible necesidad para la creación de momentos
mágicos, según la siguiente clasificación:

a) Aparatos de magia certificados de nueva adquisición, con un precio unitario no inferior a los 1.500 €.
b) Aparatos de fabricación sobre plano, con un precio unitario no inferior a los 2.000 €.
c) Aparatos de nueva creación, con un precio unitario no inferior a los 3.000 €.

-Equipamiento escénico, con un precio unitario no inferior a los 1.000 €, consistente en:

a) Equipo de sonido.
b) Equipo de luz.
c) Equipo escenográfico.

-Vehículos industriales.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 102
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento