Ayudas y subvenciones a las empresas calificadas como iniciativas locales de empleo (ILES), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2011.- Ampliación dotación.
Código de ayuda:
S30646/11Norma:
ORDEN de 20 de mayo de 2011. Decreto 9/2000, de 12 de enero. ORDEN de 19 de julio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/06/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2011 de las subvenciones establecidas por la Consellería de Trabajo y Bienestar, en desarrollo del Decreto 9/2000, de 12 de enero, por el que se regulan las iniciativas de empleo y sus clases, así como el procedimiento para su calificación e inscripción registral.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) A. 4.800 euros para desempleados en general.B. 5.000 euros para jóvenes desempleados de 30 o menos años.
C. 5.000 euros para mujeres desempleadas.
D. 5.600 euros para jóvenes desempleadas de 30 o menos años.
E. 6.000 euros para personas desempleadas que agotasen la prestación por desempleo, personas desempleadas de larga duración, personas emigrantes retornadas, personas pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión social y personas desempleadas con discapacidad.
b) Para la contrataci ón de personal técnico de alta cualificación podrá concederse a las empresas calificadas como iniciativas de empleo una subvención cuya cuantía será equivalente al 50% de los costes salariales totales, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social por todos los conceptos, según la duración del contrato, con un máximo de doce mensualidades.
c) La cuantía de la subvención de apoyo a la función gerencial, que se pagará por una sola vez, será de hasta el 75% del coste de los servicios recibidos con un límite máximo de 12.000 euros por el conjunto de las modalidades de asistencia técnica previstas.
d) La subvención financiera tiene por finalidad promover la creación de puestos de trabajo, mediante la reducción de los intereses de préstamos para financiar inversiones que sean necesarias para la creación y puesta en marcha de las empresas calificadas como iniciativas de empleo. Como mínimo, el 75% del importe del préstamo deberá destinarse a financiar inversiones en inmovilizado material o intangible.
e) El importe de la ayuda no podrá superar el coste total de los gastos subvencionables, las cuantías máximas establecidas en las anteriores escalas y las cuantías de 6.000 euros por puesto de trabajo estable creado o a crear para desempleados en general, de 8.000 euros para un joven o una joven de 30 o menos años o para mujeres; si además la iniciativa local de empleo tiene su domicilio social y centro de trabajo en un municipio rural, estas cuantías se incrementarán en 2.000 euros por puesto de trabajo estable creado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas privadas constituidas y que hubiesen iniciado su actividad, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidos autónomos/as y las sociedades civiles y las comunidades de bienes,aunque carezcan de personalidad jurídica, que obtuviesen la calificación como iniciativa local de empleo, y no hubiese transcurrido más de un año desde la notificación de la resolución de calificación o, en su caso, en el plazo que se establezca en la resolución de calificación, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Subvención a la creación directa de empleo estable.b) Subvención para la contratación de expertos técnicos de alta cualificación.
c) Apoyo a la función gerencial.
d) Subvención financiera.
e) Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad.
Documentos asociados
Boletín:
27/01/1999
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 17
Documento: Decreto 9/2000, de 12 de enero. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 17
Documento: Decreto 9/2000, de 12 de enero. Descargar Documento
Boletín:
27/05/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 102
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 102
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
29/07/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 145
Documento: Ampliación dotación. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 145
Documento: Ampliación dotación. Descargar Documento