Ayudas y subvenciones a entidades de iniciativa social para el desarrollo de las lineas de actuacion y estimulo a la formacion de mujeres y se procede a su convocatoria.
Código de ayuda:
S24064/09Norma:
Resolucion de 16 de marzo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/04/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar las bases reguladoras y la convocatoria pública, para el año 2009, de las ayudas y subvenciones para la realización de programas de formación a favor de las mujeres mediante la ejecución de las siguientes actuaciones:a) Apoyo a programas destinados a facilitar la inserción laboral de las mujeres, impulsando su cualificación
profesional en aquellas profesiones que sean demandadas por el mercado de trabajo o que se encuentren subrepresentadas.
b) Apoyo a programas de formación en nuevas tecnologías para mujeres, especialmente aquellos que
apuesten por un desarrollo sostenible.
c) Apoyo a proyectos formativos de carácter singular que puedan aportar un valor añadido a las acciones
anteriores.
d) Apoyo a programas de formación que contribuyan a sacar al mercado y a los servicios públicos las labores de cuidado que realizan mayoritariamente las mujeres de forma gratuita en los hogares.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las acciones incluidas en esta resolución están recogidas en la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, depresupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2009. El importe global destinado a ellas
asciende a 537.500 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 05.80.313B.481.1. La citada cuantía
podrá incrementarse de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias en los supuestos previstos en el
artículo 31.2º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, sin que ello suponga la
modificación del plazo de presentación de solicitudes.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que realicen acciones basadas en el principio de igualdad de oportunidades das mulleres. Las citadas entidades deberán estar inscritas, el último día de presentación de solicitudes, en el área de la mujer del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales. Quedarán excluidas aquellas que con anterioridad recibiesen alguna otra ayuda de este organismo y no justifiquen su inversión.Documentos asociados
Boletín:
27/03/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 60
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 60
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento