Ayudas y Subvenciones para la promoción asistencial, social, cultural e informativa de las comunidades de gallegos en el exterior.

Código de ayuda:

S00973/05

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar el acceso a servicios sanitarios, asistenciales o residenciales, de los emigrantes de origen gallego que lo necesiten y carezcan de la correspondiente cobertura y de medios económicos suficientes para afrontar su coste, mediante la concesión de subvenciones a entidades que presten tales servicios para sufragar en todo o en parte el gasto que del mismo se derive.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Emigración (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades gallegas que tengan reconocida la galleguidad o la condición de centro colaborador, así como cualquier otra que preste servicios de carácter asistencial a los emigrantes gallegos carenciados a través de residencias para mayores, centros hospitalarios, programas específicos de beneficencia o atención a transeúntes de origen gallego.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Solventar las cuotas o aportaciones de personas de origen o ascendencia gallega en situación de paro, jubilación con mínimos ingresos, desprotegidos en materia de previsión social o carentes de protección que, de otra forma, no tendrían acceso a la cobertura sanitaria o asistencial que prestan determinadas entidades gallegas del exterior.
2. Contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de hogares diurnos dependientes de entidades gallegas del exterior.
3. Contribuir a la financiación del gasto derivado de servicios de acogida en viviendas compartidas, asistencia domiciliaria o programas extraordinarios de protección social-asistencial a los emigrantes gallegos, que presten las entidades gallegas.
4. Colaborar en el gasto que las entidades gallegas destinen a comida y/o transporte de los familiares directos de los asociados, cuando estos residan en centros asistenciales, con la finalidad de posibilitar el contacto diario entre ellos.
5. Colaborar en el gasto que las entidades gallegas destinen a la prestación de atenciones diversas ante situaciones de emergencia a los transeúntes gallegos que se acercan a estos centros en demanda de asistencia.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/10/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 199
Documento: Ampliación importe Descargar Documento