Ayudas, solicitud unica relativa al regimen de pago unico, los pagos por superficie a determinados productos agricolas, las primas ganaderas, la indemnizacion compensatoria en zonas de Navarra y las ayudas agroambientales, asi como las comunicaciones de las cesiones de derechos de pago unico y las solicitudes de derechos a la reserva nacional - Campaña 2008 y Modificación.
Código de ayuda:
S10646/08Norma:
ORDEN FORAL 38/2008, de 1 de febrero. ORDEN FORAL 123/2008, de 2 de abril. ORDEN FORAL 206/2008 de 13 de mayo.Plazo de Solicitud:
Dentro de los cuatro meses siguientes al sacrificio, desde: el 01-30/06/08; el 01-30/09/08; el 01/12/08 al 15/01/09.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden Foral tiene por objeto establecer, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, las normas para la presentación de la solicitud para la campaña 2008 de las ayudas establecidas:1. Pago desacoplado correspondiente al régimen de pago único.
2. Pagos acoplados y específicos a determinados productos agrícolas establecidos en el Reglamento (CE) 1782/2003, título IV:
a) Pagos por superficie para los productores de determinados cultivos herbáceos, enumerados en el anexo IX, y establecidos en el capítulo 10.
b) Ayuda específica por hectárea a los productores de arroz, establecida en el capítulo 3.
c) Ayudas específicas por hectárea a la calidad del trigo duro, establecida en el capítulo 1.
d) Prima a las proteaginosas, establecida en el capítulo 2.
e) Ayuda a los cultivos energéticos, establecida en el capítulo 5.
f) Ayuda por superficie a los frutos de cáscara, establecida en el capítulo 4.
g) Ayuda a la producción de semillas, establecida en el capítulo 9.
h) Ayuda al olivar, establecida en el capítulo 10 ter.
i) Ayuda al tabaco, establecida en el capítulo 10 quater.
j) Ayuda adicional al tabaco, por aplicación del artículo 69.
k) Ayuda adicional a la producción de azúcar, por aplicación del artículo 69.
3. Pagos acoplados y específicos a la ganadería establecidos en el Reglamento (CE) 1782/2003:
a) La prima a los productores que mantengan vacas nodrizas, establecida en el artículo 125.
b) La prima por sacrificio, contemplada artículo 130.
c) La prima a los productores de ovino y caprino, establecida en el artículo 113.
d) Prima adicional por oveja y cabra, establecida en el artículo 114.
e) La justificación de la superficie forrajera, a efectos de cálculo del factor de densidad ganadera, establecida en el artículo 69.
f) Pagos por aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, al Programa Nacional de desarrollo de la PAC en España en el sector del ganado vacuno:
f.1) Pagos adicionales a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
f.2) Pago adicional a la producción de carne de vacuno de calidad reconocida oficialmente.
f.3) Pago adicional en el sector lácteo.
4. Ayudas al desarrollo rural contempladas en el Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra para el periodo 2007/2013:
a) Indemnización compensatoria en zonas de montaña y en zonas desfavorecidas de Navarra, regulada en la Orden Foral 32/2007, de 12 de febrero.
b) Ayuda a la agricultura ecológica, regulada en la Orden Foral 33/2007, de 12 de febrero.
c) Ayuda a la ganadería ecológica, regulada en la Orden Foral 35/2007, de 12 de febrero.
d) Ayuda al mantenimiento y fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, regulada en la Orden Foral 36/2007, de 12 de febrero.
5. Ultimo pago de las ayudas agroambientales recogidas en la Orden Foral 1526/2003, de 6 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, contempladas en el Reglamento (CE) 1257/1999, del Consejo, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra para el periodo 2000/2006 y reguladas en la Orden Foral 41/2006, de 10 de febrero, del Consejero de Agricultura,
Ganadería y Alimentación.
6. Ayuda complementaria a la ayuda específica a los frutos de cáscara con cargo a los Presupuestos Generales del Gobierno de Navarra.
Asimismo, en materia de pago único, se regulan las comunicaciones de las cesiones de derechos y las solicitudes de derechos a la reserva nacional de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1470/2007.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas contempladas, en el artículo 1, los titulares de explotaciones ubicadas en su totalidad, o en su mayor parte, en territorio de la Comunidad Foral de Navarra, así como los titulares de explotaciones sin superficie que tienen la mayor parte de los animales en la Comunidad Foral de Navarra.Los titulares obligados a presentar en otra Comunidad Autónoma las solicitudes de ayuda por pago único, superficies y las primas ganaderas y que desean obtener las ayudas al desarrollo rural previstas
en los apartados 4 y 5 del artículo 1 deberán presentar en Navarra la Solicitud Unica, declarando las superficies y/o animales ubicados en Navarra por las que solicitan estas ayudas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Pago desacoplado correspondiente al régimen de pago único.2. Pagos acoplados y específicos a determinados productos agrícolas establecidos en el Reglamento (CE) 1782/2003, título IV:
a) Pagos por superficie para los productores de determinados cultivos herbáceos, enumerados en el anexo IX, y establecidos en el capítulo 10.
b) Ayuda específica por hectárea a los productores de arroz, establecida en el capítulo 3.
c) Ayudas específicas por hectárea a la calidad del trigo duro, establecida en el capítulo 1.
d) Prima a las proteaginosas, establecida en el capítulo 2.
e) Ayuda a los cultivos energéticos, establecida en el capítulo 5.
f) Ayuda por superficie a los frutos de cáscara, establecida en el capítulo 4.
g) Ayuda a la producción de semillas, establecida en el capítulo 9.
h) Ayuda al olivar, establecida en el capítulo 10 ter.
i) Ayuda al tabaco, establecida en el capítulo 10 quater.
j) Ayuda adicional al tabaco, por aplicación del artículo 69.
k) Ayuda adicional a la producción de azúcar, por aplicación del artículo 69.
3. Pagos acoplados y específicos a la ganadería establecidos en el Reglamento (CE) 1782/2003:
a) La prima a los productores que mantengan vacas nodrizas, establecida en el artículo 125.
b) La prima por sacrificio, contemplada artículo 130.
c) La prima a los productores de ovino y caprino, establecida en el artículo 113.
d) Prima adicional por oveja y cabra, establecida en el artículo 114.
e) La justificación de la superficie forrajera, a efectos de cálculo del factor de densidad ganadera, establecida en el artículo 69.
f) Pagos por aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, al Programa Nacional de desarrollo de la PAC en España en el sector del ganado vacuno:
f.1) Pagos adicionales a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
f.2) Pago adicional a la producción de carne de vacuno de calidad reconocida oficialmente.
f.3) Pago adicional en el sector lácteo.
4. Ayudas al desarrollo rural contempladas en el Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra para el periodo 2007/2013:
a) Indemnización compensatoria en zonas de montaña y en zonas desfavorecidas de Navarra, regulada en la Orden Foral 32/2007, de 12 de febrero.
b) Ayuda a la agricultura ecológica, regulada en la Orden Foral 33/2007, de 12 de febrero.
c) Ayuda a la ganadería ecológica, regulada en la Orden Foral 35/2007, de 12 de febrero.
d) Ayuda al mantenimiento y fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, regulada en la Orden Foral 36/2007, de 12 de febrero.
5. Ultimo pago de las ayudas agroambientales recogidas en la Orden Foral 1526/2003, de 6 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, contempladas en el Reglamento (CE) 1257/1999, del Consejo, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra para el periodo 2000/2006 y reguladas en la Orden Foral 41/2006, de 10 de febrero, del Consejero de Agricultura,
Ganadería y Alimentación.
6. Ayuda complementaria a la ayuda específica a los frutos de cáscara con cargo a los Presupuestos Generales del Gobierno de Navarra.
Asimismo, en materia de pago único, se regulan las comunicaciones de las cesiones de derechos y las solicitudes de derechos a la reserva nacional de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1470/2007.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 21
Documento: Convocatoria Campaña 2008 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 21
Documento: Convocatoria Campaña 2008 Descargar Documento
Boletín:
21/04/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: Modificación Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
04/06/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Modificación Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Modificación Descargar Documento