Ayudas sociales para las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado hepatitis C como consecuencia de haber recibido un tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito sanitario público de las Islas Baleares.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S26600/17

Norma:

Resolución de 30 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto establecer las ayudas sociales para las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido un tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito sanitario público de las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Salud y Consumo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las personas beneficiarias tendrán derecho a percibir una ayuda por importe de 12.020,24 euros distribuidos en dos anualidades con cargo a los ejercicios presupuestarios 2017 y 2018, en principio por un importe de 6.010,12 euros cada ejercicio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de la ayuda convocada en la presente resolución, las personas hemofílicas o con otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido un tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito sanitario público de las Islas Baleares, que residan en las Islas Baleares y que estén incluidas en el censo definitivo que prevé el artículo 80 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social siempre que no hayan percibido por el mismo concepto ayudas en esta comunidad autónoma ni en otras.

2. En el caso de muerte de las personas incluidas en el censo definitivo mencionado, pueden percibir la ayuda social los hijos y/o las hijas menores de edad y /o mayores de edad legalmente incapacitados, por partes iguales, o, si no hay, el o la cónyuge no separado legalmente o la persona que estaba unida por una relación de afectividad análoga y que convivió con la persona fallecida de manera permanente durante, al menos, los dos años anteriores al momento de la muerte, o, en su defecto, los padres de las personas fallecidas.

Requisitos:

a) Padecer hemofilia u otra coagulopatía congénita y haber desarrollado la hepatitis C (VHC) como consecuencia de haber recibido tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

b) Estar incluido en el censo definitivo que prevé el artículo 80 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, como persona afectada en el ámbito del sistema sanitario público de las Islas Baleares.

c) Estar empadronado en un municipio de la comunidad autónoma de las Islas Baleares en fecha 1 de enero de 2016.

d) No haber percibido una ayuda por el mismo concepto de esta comunidad autónoma ni de otra.

e) Haber renunciado, con carácter previo, al ejercicio de todo tipo de reclamaciones por contagio del virus de la hepatitis C contra cualquiera de las administraciones públicas sanitarias y de los centros sanitarios vinculados al Sistema Nacional de Salud o el personal respectivo.

f) No haber obtenido una sentencia condenatoria contra cualquiera de las administraciones públicas sanitarias y de los centros sanitarios vinculados al Sistema Nacional de Salud o contra su personal, por contagio del virus de la hepatitis C.

g) No haber sido condenado mediante una sentencia firme, ni haber sido sancionado mediante una resolución firme a la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas públicas, ni incurrir en ninguna prohibición legal de inhabilitación para eso.

h) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 70
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento