Ayudas sociales para el uso de las piscinas municipales con caracter terapeutico.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S04373/13Norma:
Burlada, 4 de febrero de 2013. Burlada, 7 de noviembre de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/12/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria pública para la Concesión de ayudas sociales para el uso de las piscinas municipales con carácter terapéutico, dirigidas a personas residentes y empadronadas en Burlada, que precisen realizar actividades con carácter terapéutico y que sus ingresos económicos se ajusten al baremo establecido.Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Burlada (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se subvencionará un máximo del 90% del coste total del servicio, tomando como referencia el precio presentado a comienzo del año por el Patronato Municipal de Deportes de Burlada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La utilización de la Piscinas Municipales por parte de vecinos/as de Burlada que por sus características sociales y de salud, tienen necesidad de utilizar las piscinas, una vez agotadosotros recursos destinados al mismo fin de otras Administraciones.
Requisitos:
a) Tener residencia efectiva y estar empadronados en Burlada con un mínimo de seis meses de antigüedad, a considerar desde el momento de la solicitud.Los servicios sociales de base comprobarán a través del padrón municipal la situación de empadronamiento de las personas solicitantes.
b) Tener necesidad de la actividad física que brindan las Piscinas Municipales, debidamente documentada.
c) Carecer de medios económicos propios suficientes, no superando la unidad familiar (*), por todos los conceptos, unos ingresos brutos (descontada la aportación a Seguridad Social) de 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional anual vigente.
(*) Se considera unidad familiar la definida en el art. 71 del D.F. 4/2008, de 2 de junio, regulador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
d) Haber presentado la solicitud y documentación requerida en los plazos establecidos.
e) Haber solicitado las ayudas/recursos existentes para los mismos conceptos en otros ámbitos de la Administración a tal efecto.
Documentos asociados
Boletín:
26/02/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 39
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 39
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
25/11/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 227
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 227
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento