Ayudas sociales de matrícula de estudios universitarios destinadas al personal de la Universidad de Oviedo.- Convocatoria 2020.

Código de ayuda:

S21764/18

Norma:

Resolución de 30 de abril de 2018. Resolución de 25 de mayo de 2018. Resolución de 23 de mayo de 2019. Resolución de 11 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de julio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto compensar los gastos de la matrícula de estudios universitarios, en el curso académico 2019/2019, al personal de la Universidad de Oviedo.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Universidad de Oviedo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A) Personal funcionario de Administración y Servicios.

Modalidad B) Personal laboral de Administración y Servicios.

Modalidad C) Personal Docente e Investigador.

Requisitos:

1. Podrán optar como titulares de las ayudas sociales de matrícula, el personal funcionario de carrera, funcionario interino, personal laboral fijo, indefinido no fijo o personal contratado temporal con una antigüedad o una relación laboral de duración igual o superior a seis meses durante el curso académico al que se refiera la convocatoria, y que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se encuentren en servicio activo y perciban sus haberes con cargo al Capítulo I de los Presupuestos de la Universidad de Oviedo. También podrá ser titular de la ayuda social el personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por cuidado de hijos o familiares dependientes. Se excluye, el personal vinculado mediante contrato temporal de obra o servicio.

2. Serán beneficiarios de las ayudas el personal titular referido en el apartado anterior, sus hijos, cónyuges o parejas de hecho.

3. En aquellos supuestos en los que ambos progenitores se encuentren incluidos entre el personal con derecho a solicitar estas ayudas sociales u otras subvenciones convocadas por la Universidad de Oviedo para el mismo fin, sólo uno de los progenitores podrá optar por realizar dicha solicitud para el mismo hijo.

4. Toda referencia a los hijos en estas bases se entenderá hecha a los que lo son por naturaleza, adopción o en régimen de tutela o acogimiento, tanto del titular de la ayuda como de su cónyuge o pareja estable.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 104
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 01/06/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 126
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Boletín: 06/06/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 108
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Boletín: 01/07/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 126
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