Ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025.
Código de ayuda:
S29346/25Norma:
ORDEN AGA/1351/2025, de 16 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de noviembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas para resarcir los daños ocasionados en viviendas, así como en determinados bienes muebles incluidos en las viviendas, en ejecución del Decretoley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025.Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
AragónConvoca:
DEPARTAMENTO DE FOMENTO, VIVIENDA, LOGÍSTICA Y COHESIÓN TERRITORIAL (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las cuantías máximas a asignar por daños en las viviendas son las siguientes:1.º Por destrucción total de la vivienda: hasta 60.480 euros.
2.º Por daños que afecten a la estructura de la vivienda: hasta 41.280 euros.
3.º Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta 20.640 euros.
4.º Por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda: hasta 10.320 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas propietarias, de una vivienda, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella, que haya sufrido cualquiera de los daños enumerados en la Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Actuaciones subvencionables.a) Por destrucción total.
b) Por daños que afecten a la estructura.
c) Por daños menos graves que no afecten a la estructura o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
d) Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad contenidos en la vivienda por los hechos causantes.
Documentos asociados
Boletín:
17/10/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
17/10/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
