Ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025.

Código de ayuda:

S29346/25

Norma:

ORDEN AGA/1351/2025, de 16 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de noviembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para resarcir los daños ocasionados en viviendas, así como en determinados bienes muebles incluidos en las viviendas, en ejecución del Decretoley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

DEPARTAMENTO DE FOMENTO, VIVIENDA, LOGÍSTICA Y COHESIÓN TERRITORIAL (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías máximas a asignar por daños en las viviendas son las siguientes:

1.º Por destrucción total de la vivienda: hasta 60.480 euros.

2.º Por daños que afecten a la estructura de la vivienda: hasta 41.280 euros.

3.º Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta 20.640 euros.

4.º Por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda: hasta 10.320 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas propietarias, de una vivienda, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella, que haya sufrido cualquiera de los daños enumerados en la Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actuaciones subvencionables.
a) Por destrucción total.
b) Por daños que afecten a la estructura.
c) Por daños menos graves que no afecten a la estructura o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
d) Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad contenidos en la vivienda por los hechos causantes.

Documentos asociados

Boletín: 17/10/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 17/10/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 101
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento