Ayudas, se regula la gestion de los planes de reestructuracion y reconversion del viñedo en la Comunidad Autonoma de Cantabria, se establecen las bases reguladoras y su convocatoria para la campaña 2008- 2009.
Código de ayuda:
S30764/08Norma:
Orden DES/30/2008, 14 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/05/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto la regulación de un programa de reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Cantabria de aplicación a viñedos destinados a la producción de uva de vinificación, la aprobación de las bases reguladoras de un régimen de ayudas y su convocatoria para la campaña 2008-2009.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para los planes aprobados en 2008, la ayuda para compensación de pérdidas regulada en el artículo 5.2 de la presente Orden, se fija en 866,50 euros/ha.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán beneficiarse de las ayudas contempladas en la presente Orden los viticultores que soliciten, de forma individual o conjunta un plan de reestructuración y/o reconversión de viñedo en parcelas situadas en territorio de Cantabria y que tenga como objetivos principales ade-cuar su producción a la demanda del mercado y/o establecer una mejora sustancial en la estructura y gestión de su viñedo, sin que esto suponga, en ningún caso, un incremento de su potencial productivo.No podrán ser consideradas como beneficiarias las personas en las que concurran algunas de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3, del artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Los beneficiarios de las ayudas estarán sujetos al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la citada Ley de Subvenciones de Cantabria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se podrán conceder ayudas para:a) Compensar a los productores participantes en el plan de las pérdidas de ingresos derivadas de la aplicación del mismo.
b) Participar en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo.
La ayuda para compensar las pérdidas de ingresos se calculará, para cada campaña de acuerdo con lo establecido en el apartado 5, del artículo 26 del Real Decreto 1472/2000, de 4 de agosto, por el que se regula el potencial de producción vitícola y se concederá durante dos campañas para las medidas de reestructuración y una campaña para la reconversión varietal.
Como alternativa a la prima compensatoria de pérdida de ingresos en el período improductivo, el agricultor podrá optar por la coexistencia de los viñedos antiguos y nuevos por un tiempo máximo de dos campañas vitícolas. Finalizado este período, obligatoriamente tendrá que proceder al arranque de las viñas viejas.
La ayuda para reestructuración y reconversión será del 50 % del presupuesto presentado y justificado, que no podrá superar los máximos establecidos en el anexo VII de la presente orden, disminuidos en un 15% en el caso de planes individuales, y podrán contemplarse las siguientes operaciones:
a) Para la reestructuración: arranque, preparación del suelo, plantación, costes de cultivo, despedregado, espaldera y transformación de vaso a espaldera.
b) Para reconversión varietal: sobreinjertado, que supone un coste fijo por hectárea y un coste por unidad de injerto, considerando éste como el practicado sobre una cepa, con independencia del número de púas que se injerten en la misma.
No podrán acogerse a este régimen de ayudas:
a) Los viñedos que hayan llegado al final de su vida natural, entendiendo por esta situación la replantación de una parcela con la misma variedad de vid y con el mismo sistema de cultivo.
b) Los viñedos cuyos titulares no tengan regularizadas la totalidad de las parcelas de su explotación conforme a lo previsto en la normativa vigente.
Documentos asociados
Boletín:
28/04/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento