Ayudas, se convoca concurso público para la concesión de fondos para el programa de creadores en residencia el año 2008.
Código de ayuda:
S07664/08Norma:
RESOLUCION CMC/151/2008, de 21 de enero.Plazo de Solicitud:
Para modalidades a) y c) de la base 1.2 hasta el: 12/03/08. Modalidades b) de la base 1.2 hasta el: 02/05/08.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar concurso público para la concesión de fondos para el programa de creadores en residencia 2008.Los fondos que prevé esta convocatoria se rigen por las bases que constan en el anexo de este Acuerdo y por la normativa general de subvenciones.
El objeto de estas bases es apoyar e incentivar las colaboraciones entre creadores y compañías y equipamientos culturales, a nivel nacional, estatal e internacional.
Los objetivos del programa son:
a) Mejorar las condiciones para la creación y aumentar las posibilidades de visibilidad de creadores profesionales, compañías y colectivos.
b) Crear una vinculación y cooperación estable entre los creadores, compañías o colectivos y los municipios en los que está situado el equipamiento, permitiendo desarrollar una relación con los ciudadanos, compartir su trabajo y acercar los lenguajes artísticos a nuevos públicos.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Fondos para la modalidad a) de la base 1.2:La cuantía máxima será de 10.000 euros e incluirá, si es el caso, el gasto previsto en la base 1.4.
2. Fondos para la modalidad b) de la base 1.2:
La aportación máxima para un proyecto de residencia no puede superar el 75% del coste del proyecto y será de un máximo de 50.000 euros, que incluye, si procede, el gasto previsto en la base 1.4. En el caso de recibir otros fondos de la Entidad Autónoma de Difusión Cultural, la suma de las ayudas no podrá superar los 150.000 euros.
3. Fondos para la modalidad c) de la base 1.2:
Se concederá una única beca para una estancia que incluirá el alojamiento, un seguro de accidente y gastos médicos durante la estancia y la cantidad de 7.150 euros, que serán administrados directamente por el beneficiario y se han de destinar a cubrir los gastos de viaje, materiales, transporte local y transporte de vuelta de las obras.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Fondos para la modalidad a) de la base 1.2:Pueden optar a estos fondos:
a) Las personas físicas con domicilio en Cataluña, durante un período mínimo de un año anterior a la publicación de la convocatoria, o con domicilio fuera de Cataluña, pero que conserven la vecindad civil catalana, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 del Código civil.
b) Empresas, tanto personas físicas como jurídicas, domiciliadas en Cataluña, así como las empresas domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.
c) Entidades privadas sin ánimo de lucro que estén domiciliadas en Cataluña.
d) Colectivos de creadores o grupos de investigación sin personalidad jurídica que se reúnen para proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan los requisitos exigidos en alguno de los apartados anteriores y en el resto de las bases.
Los solicitantes han de acreditar una trayectoria demostrada en el ámbito artístico correspondiente.
2. Fondos para la modalidad b) de la base 1.2:
Pueden optar a estos fondos las empresas (personas físicas y jurídicas) domiciliadas en Cataluña, así como las empresas domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña y las entidades privadas sin ánimo de lucro que estén domiciliadas en Cataluña.
Los solicitantes han de acreditar una trayectoria demostrada en el ámbito artístico correspondiente.
3. Fondos para la modalidad c) de la base 1.2:
Pueden optar a estos fondos las personas físicas domiciliadas en Cataluña, durante un período mínimo de un año anterior a la publicación de la convocatoria, o con domicilio fuera de Cataluña, pero que conserven la vecindad civil catalana, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 del Código civil.
Los solicitantes han de poseer el título académico superior que acredite la especialidad correspondiente y/o una trayectoria profesional demostrada.
No pueden optar a estos fondos las entidades públicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Esta línea de fondos tiene las siguientes modalidades:a) Fondos para proyectos de investigación, creación y producción en residencia llevados a cabo en equipamientos, públicos o privados de Cataluña, otras comunidades autónomas del Estado o del extranjero.
Son fondos para proyectos específicos que cuentan con la colaboración de un organismo o equipamiento cultural especializado, que pone a su disposición los espacios y los medios técnicos profesionales necesarios para su desarrollo.
b) Fondos para proyectos de todos los ámbitos artísticos y de la creación, asociados a un organismo o equipamiento cultural especializado dentro del territorio catalán.
Son fondos dirigidos a colectivos de artes visuales, compañías de artes escénicas y formaciones musicales que vinculan actividades de creación y producción a un centro o equipamiento de Cataluña, con la finalidad de desarrollar un programa de actividades en colaboración con el tejido asociativo local, con la intención de promover el hecho creativo, dinamizar a los públicos potenciales y, en su caso, colaborar en las actividades culturales programadas por la entidad que acoge el proyecto.
c) Fondos para una estancia en el AxeNéo7 de Québec para el desarrollo de un proyecto de investigación, creación y producción para artistas visuales en residencia individual.
Los fondos de las tres modalidades se concederán con carácter anual.
Requisitos:
Consultar Base 2.Documentos asociados
Boletín:
01/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5061
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5061
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