Ayudas reguladas en el Real Decreto 987/2008, de 13 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestion medioambiental de las explotaciones porcinas - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S10728/09Norma:
ORDEN 163/2009, de 30 de enero. Real Decreto 987/2008, de 13 de junio. ORDEN 1517/2010, de 11 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Desarrollo de sistemas innovadores de gestión de purines procedentes de las explotaciones porcinas, respetuosos y compatibles con la protección del medio ambiente, que eviten un consumo ineficiente de energía, que contemplen un enfoque de valorización y desarrollo de mejoras técnicas disponibles en la aplicación de purines al campo, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 987/2008, de 13 dejunio, mediante:
a) La implantación de programas de valorización y gestión que impliquen la reducción del uso de fertilizantes minerales, mediante la aplicación de nuevas técnicas, que permitan la incorporación adecuada de purines al suelo, disminuyendo la contaminación.
b) El desarrollo de otras alternativas innovadoras en la gestión de purines procedentes de explotaciones porcinas, incluidos proyectos pilotos o proyectos de demostración de escala razonablemente reducida.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía y límites de las ayudas serán las siguientes tal y como establece el artículo 6 del Real Decreto 987/2008:- La intensidad bruta de la ayuda no deberá superar:
a) El 75 por 100 de las inversiones subvencionables en las zonas desfavorecidas o en las zonas indicadas en el artículo 36, letra a), incisos i), ii) y iii) del Reglamento (CE) número 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre de 2005 (LCEur 2005, 2383), relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
b) El 60 por 100 en otras regiones.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Las asociaciones, organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas y otras figuras equivalentes, incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria, cooperativas, y sociedades agrarias de transformación, integradas en su mayoría por explotaciones de porcino, que presenten un proyecto conjunto de gestión de purines, según se define en el Anexo I del Real Decreto 987/2008. Los proyectos deberán incluir la participación de explotaciones agrarias, o empresas gestoras, de forma que se lleve a cabo una gestión y valorización de purines innovadoras desde el punto de vista tecnológico, económico y medioambiental, y que integren las mejores técnicas disponibles en la aplicación de purines.2. La asociación, organización, agrupación o figura equivalente solicitante, así como las explotaciones de porcino integrantes, deberán cumplir los requisitos del punto 2 del artículo 3 del Real Decreto 987/2008.
3. En el caso de explotaciones porcinas integradas en el proyecto además de lo establecido en el apartado 2 deberán cumplir los requisitos del artículo 3, punto 3, apartados a), b), c) y d), del Real Decreto 987/2008.
4. En el caso de explotaciones porcinas integradas en el proyecto además de lo establecido en el apartado 2 deberán cumplir los requisitos del artículo 3, punto 4 apartados a), b) y c) del Real Decreto 987/2008.
5. Cuando proceda en el caso de las empresas gestoras integradas en el proyecto, además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán respetar los criterios de buenas prácticas
agronómicas en la gestión que realicen en los purines.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de financiación las inversiones en activos materiales llevadas a cabo en el marco de los proyectos de gestión de purines presentados.Se consideraran subvencionables las siguientes actividades dentro del proyecto conjunto de gestión de purines, realizadas en el territorio de la Comunidad de Madrid, tal y como establece el artículo 4 del Real Decreto 987/2008:
a) Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipamiento necesario para la preservación y mejora del entorno natural en la gestión de purines de las explotaciones porcinas, hasta el valor de mercado de dicha maquinaria o equipamiento.
b) Costes generales relacionados con los gastos indicados en el apartado anterior, como los honorarios de asesores, los estudios de viabilidad o la adquisición de patentes y licencias.
Documentos asociados
Boletín:
03/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
16/02/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 39
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
18/06/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 144
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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