Ayudas régimen de pago básico y pago verde por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de explotaciones agrarias de Extremadura, operadores-productores integrados y general de la producción agrícola de ámbito nacional. Campaña 2016/2017.

Código de ayuda:

S03873/16

Norma:

Orden de 28 de enero de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ayuda de pago básico se dirige a los agricultores que posean, bien en régimen de propiedad, usufructo o arrendamiento, derechos de pago básico conforme a lo establecido en el Real Decreto 1076 /2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común, y justifiquen cada derecho con una hectárea admisible ubicada en territorio nacional, con excepción de las ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias. La ayuda de pago verde consiste en un pago anual por cada hectárea admisible
vinculada a un derecho de pago básico a los agricultores que observen las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente a que se refiere el capítulo II del Título III del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, que sean pertinentes de acuerdo con las características de su explotación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los agricultores que lo soliciten en tiempo y forma y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que cumplan los requisitos que determinan la figura de agricultor activo, conforme al capítulo I del Título II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

b) Que posean, bien en régimen de propiedad, usufructo o arrendamiento, derechos de pago básico.

c) Que justifiquen cada derecho con una hectárea admisible ubicada en territorio nacional excepto en la Comunidad Autónoma de Canarias.

d) Haber declarado un mínimo de 0,2 hectáreas de superficie en su solicitud.

Los beneficiarios del pago verde, además de cumplir los requisitos establecidos en el párrafo anterior, deberán observar las siguientes prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, conforme establece el capítulo II del Título III del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre:

• Diversificación de cultivos, con las condiciones establecidas en el artículo 20 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

• Mantenimientos de pastos permanentes existentes, con las condiciones establecidas en el artículo 21 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, para pastos medioambientalmente sensibles y para el mantenimiento de la proporción de pastos permanentes, establecidos en los artículos 22 y 23 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

• Contar con superficies de interés ecológico en sus explotaciones de acuerdo al artículo 24 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 307
Documento: Real Decreto 1075/2014 Descargar Documento
Boletín: 20/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 307
Documento: Real Decreto 1076/2014 Descargar Documento
Boletín: 01/02/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/02/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Orden de 28 de enero de 2016. Descargar Documento