Ayudas públicas para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales confinanciada en un 50% por el Fondo Social Europeo mediante el programa operativo plurirregional ‘adaptabilidad y empleo’ num. 2007 ES05UP001 dentro del periodo de programación 2007-2013.

Código de ayuda:

S44537/08

Norma:

Resolucion de 3 de junio de 2008. Orden de 4 de mayo de 2005. ORDEN TAS/3501/2005, de 7 de noviembre. Resolución de 18 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas y subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo
de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios, así como dar apoyo al desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas, mediante una mejora de su competitividad y facilitando la consolidación de las mismas.

Las ayudas y subvenciones concedidas como consecuencia de la aprobación de la presente convocatoria se rigen por lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales nº 3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones para el fomento del empleo y la mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales. (BOE nº 270, de 11 de noviembre) y por lo establecido en la Orden del Consejero de Trabajo y Formación, de 4 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de Trabajo y Formación (BOIB nº 73, de 12 de mayo).

El plazo para iniciar y realizar las actividades que pueden subvencionarse comprende, desde el 1 de agosto de 2007 hasta el 31 de julio de 2008 (fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en esta convocatoria).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Creación nuevas empresas
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Según línea de ayuda, consultar anexos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones contempladas en esta convocatoria:

a) Las cooperativas y las sociedades laborales para la actuación de incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo en cooperativas y en sociedades laborales.
b) Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales para las actuaciones de realización de inversiones.
c) Las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica.
d) Las organizaciones representativas de la economía social, las universidades así como las entidades sin ánimo de lucro, para las actuaciones relacionadas con la formación, fomento y difusión de la economía social, vinculadas directamente al fomento del empleo.
e) Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que presten a un conjunto determinado de estas sociedades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones que pueden ser objeto de subvención son las siguientes:

a) Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales (consultar ANEXO I).

b) Realización de Inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales (consultar ANEXO II).

c) Prestación de asistencia técnica (consultar ANEXO III).

d) Realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo (consultar ANEXO IV).

Requisitos:

Con carácter general las entidades beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la comunidad autónoma de Illes Balears, así como con la Seguridad Social, antes de dictar la propuesta de resolución.
c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Orden de 4 de mayo de 2005 (Bases) Descargar Documento
Boletín: 11/11/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 270
Documento: Orden TAS/3501/2005 (Bases) Descargar Documento
Boletín: 12/06/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 82
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 02/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 95
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento