Ayudas públicas para el fomento del empleo de personas pertenecientes a colectivos prioritarios en sectores industriales tradicionales y en sectores económicos emergentes, cofinanciadas en un 50 % por el Fondo Social Europeo mediante el Programa Operativo FSE de las Illes Balears 2014-2020, dentro de los objetivos temáticos 8.1.3 y 8.1.5, y en un 85 % a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil para el periodo 2014-2020 y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, Eje 5, objetivo específico 8.2.4.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S13373/18

Norma:

Resolución de 13 de marzo de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas para fomentar el empleo de personas que pertenecen a colectivos prioritarios.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo, Comercio e Industria (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria los emprendedores, las microempresas y las empresas pequeñas y medianas, las empresas de inserción inscritas como tales en el correspondiente registro, así como las entidades sin ánimo de lucro que reciban prestación de servicios de trabajadores por cuenta ajena, cualquiera que sea su forma jurídica, que contraten a personas que pertenecen a los colectivos prioritarios indicados para cada uno de los programas en los anexos 1 a 10 de esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Programas cofinanciados en un 50 % por el Fondo Social Europeo, mediante el Programa Operativo FSE Illes Balears 2014-2020, dentro de los objetivos 8.13 y 8.1.5:

a) Programa 1. Apoyo a los sectores industriales de carácter tradicional y a sectores de carácter estratégico. Dirigido a impulsar la contratación indefinida de personas de 30 o más años, desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente servicio de empleo.

b) Programa 2. Personas en situación de paro de larga duración. Destinado a incentivar la contratación indefinida de personas desempleadas de 30 o más años, en situación de desempleo de larga duración e inscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo.

c) Programa 3. Personas en situación de exclusión social. Orientado a estimular la contratación para la formación y el aprendizaje de personas en situación de exclusión social, desempleadas e inscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo, por parte de empresas de inserción.

d) Programa 4. Retorno al mercado laboral. Destinado a incentivar la contratación indefinida de personas de 30 o más años desempleadas e inscritas en demanda de empleo que hayan participado en los programas públicos de empleo del Servicio de Empleo de las Illes Balears en determinados períodos y de personas de 45 o más años desempleadas e inscritas en demanda de empleo que no hayan trabajado en los últimos cuatro años.

e) Programa 5. Trabajo para mujeres víctimas de violencia machista. Dirigido a incentivar la contratación indefinida de mujeres víctimas de violencia machista, desempleadas e inscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo.

f) Programa 6. Personas afectadas por despido colectivo. Destinado a incentivar la contratación de personas desempleadas e inscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo, que se hayan visto afectadas por un despido colectivo en el año anterior a la contratación.

g) Programa 7. Apoyo a la exportación orientado a la contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo, para poner en marcha un plan de internacionalización visado por el Instituto de Innovación Empresarial (IDI Baleares).

B) Programas cofinanciados en un 85 % por el Fondo Social Europeo mediante el Programa de Empleo Juvenil para el período 2014-2020 y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, Eje 5, Objetivo 8.2.4.

a) Programa 8. Personas jóvenes: destinado a fomentar la contratación indefinida de personas entre 16 y 29 años, desempleadas einscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo durante al menos dos meses, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y en situación de beneficiarias de este al menos desde el día anterior a la subscripción del contrato de trabajo.

b) Programa 9. Personas jóvenes formadas: dirigido a incentivar la contratación indefinida de personas entre 16 y 29 años, desempleadas e inscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo que hayan participado en programas de formación profesional para el empleo financiados por el Servicio de Empleo de las Illes Balears y consten inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y en situación de beneficiarias de este al menos desde el día anterior a la subscripción del contrato de trabajo.

c) Programa 10. Relevo generacional: orientado a fomentar la contratación de personas entre 16 y 29 años desempleadas que subscriban un contrato de relevo y que consten inscritas en demanda de empleo en el correspondiente servicio de empleo, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y en situación de beneficiarias del este al menos desde el día anterior a la subscripción del contrato de trabajo.

Requisitos:

a) Tienen la consideración de emprendedoras las personas físicas con domicilio en las Illes Balears que ejercen una actividad económica por cuenta propia y que contratan por cuenta ajena a un primer trabajador perteneciente a alguno de los citados colectivos prioritarios.

b) Tienen la consideración de microempresas las empresas que tienen menos de 10 trabajadores o trabajadoras y un volumen de negocios anual o un balance general anual no supera los 2 millones de euros.

c) Tienen la consideración de pequeñas empresas las que tienen menos de 50 trabajadores o trabajadoras y presentan un volumen de negocio anual o un balance general anual no superior a 10 millones de euros.

d) Tienen la consideración de medianas empresas las que tienen menos de 250 trabajadores o trabajadoras y un volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros o un balance general anual que no supera la cantidad de43millones de euros.

e) En ningún caso deben participar en un 25% o más de su capital o de sus derechos de voto otras empresas que no cumplan los requisitos mencionados en este apartado.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 34
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento