Ayudas publicas para apoyar a las entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2010 y el 30 de abril de 2011.- Renuncia.
Código de ayuda:
S66391/10Norma:
Orden de 4 de mayo de 2005. Orden de 16 de julio de 2008. Resolución de 13 de diciembre de 2010. Resolución de 4 de abril de 2011. Palma, 19 de octubre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria de ayudas para apoyar a las entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales mediante la financiación de los gastos de mantenimiento de su estructura organizativa con el fin de desarrollar sus actividades de promoción, difusión y fomento de la economía social mediante una organización estable y consolidada.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Turismo y Trabajo (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas que establece esta convocatoria son del 100 % de los gastos subvencionables con un límite de 60.000 euros por entidad solicitante.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales que estén constituidas y tengan el centro de trabajo en la comunidad autónoma de las Illes Balears.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despidos y jubilaciones anticipadas.b) Gastos de viaje.
c) Alquileres y gastos generales del inmueble.
d) Gastos de reparación y conservación.
e) Servicios profesionales independientes.
f) Primas de seguros.
g) Gastos de publicidad, propaganda y relaciones públicas. Planes de márqueting.
h) Material de oficina, otocopias e imprenta.
i) Comunicaciones.
j) Suministros de electricidad, agua, teléfono i similares.
k) Cuotas de subscripción a publicaciones, de inscripción en actividades relacionadas con las finalidades propias de las entidades asociativas, así como las abonadas por afiliación a otras asociaciones nacionales o internacionales.
Requisitos:
a) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.
c) Acreditar que han llevado a cabo la organización preventiva mediante alguna de las modalidades que prevé el capítulo III del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención (BOE núm. 27, de 31 de enero); que han efectuado la auditoría correspondiente,
si procede, conforme con lo que dispone el capítulo V del mismo Real decreto, así como también que hayan realizado y revisado el plan de prevención en conformidad con lo que establece el Real decreto 39/1997 mencionado y la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 27 de junio de 1997 por
la cual se desarrolla el Reglamento de servicios de prevención (BOE núm. 159, de 4 de julio).
Documentos asociados
Boletín:
12/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
26/07/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 104
Documento: Modificación de bases. Descargar Documento
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Boletín:
16/12/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 183
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
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Boletín:
12/04/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 54
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
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Boletín:
12/11/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 169
Documento: Renuncia. Descargar Documento
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