Ayudas públicas encaminadas a la mejora del ahorro y la eficiencia energética en infraestructuras de transporte, mediante la instalación de puntos de recarga eléctricos con sistema de conexión a red o conexión a paneles fotovoltaicos independientes y de estaciones de recarga o llenado de gas natural, GLP o hidrógeno.

Código de ayuda:

S46473/18

Norma:

Orden 134/2018, de 30 de julio. Orden 158/2018, de 22 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas subvenciones es alcanzar una mejora sustancial en los índices de eficiencia energética y ahorro en el sector indicado, incentivando la instalación de puntos de recarga y estaciones de recarga o llenado de combustibles con alta eficiencia energética que redundan en reducciones de CO2.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Para los programas de instalación de puntos de recarga eléctricos:

1º. Las entidades locales territoriales de Castilla-La Mancha, que serán únicamente beneficiarios de cofinanciación con cargo a Feder. A estos efectos se entenderán por entidades locales territoriales, las definidas de esta manera en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

2º. Las empresas, entendidas estas como empresas privadas pymes, que ejerzan una actividad económica en
Castilla-La Mancha, dotadas de personalidad jurídica propia y ánimo de lucro.

3º. Las personas físicas a título privado y comunidades de propietarios.

b) Para el programa de Instalación de estaciones de recarga o llenado de gas natural, GLP o hidrógeno las empresas, entendidas estas como empresas privadas pymes, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha dotadas de personalidad jurídica propia y tengan ánimo de lucro, excluidas las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa 1. Instalación de puntos de recarga eléctricos, para entidades locales territoriales de Castilla-La Mancha, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Objetivo Especifico 4.5.1.

b) Programa 2. Instalación de puntos de recarga eléctricos, para empresas.

c) Programa 3. Instalación de puntos de recarga eléctricos, para personas físicas a título privado o comunidades de propietarios.

d) Programa 4. Instalación de estaciones de recarga o llenado de gas natural, GLP o hidrógeno para empresas.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del Texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.

c) No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Si se tratase de entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de la subvención.

e) Desarrollar las actuaciones e inversiones objeto de subvención en el territorio de Castilla-La Mancha.

f) Cuando el solicitante sea una empresa privada pyme, deberá desarrollar su actividad económica en el territorio de Castilla-La Mancha. En el caso de personas físicas a título privado o comunidades de propietarios, deberán tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.

g) Para el caso del programa 3, de instalación de puntos de recarga eléctricos, para personas físicas a título privado, cuando el solicitante de la ayuda sea una persona física a título privado, deberá ser el propietario legal del inmueble en el que se realiza la instalación del punto de recarga.

Documentos asociados

Boletín: 07/09/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 176
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 08/11/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 218
Documento: Modificación bases Descargar Documento