Ayudas públicas destinadas al fomento y difusión de la economía social por medio de apoyo al asociacionismo de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.

Código de ayuda:

S20246/19

Norma:

Resolución de 28 de marzo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Programa I: Hasta 9 de abril de 2019. Programa II: Hasta el 6 de abril de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Programa I: fomento y difusión de la economía social.

Incluye la subvención parcial de las actuaciones de las entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales y de otras entidades sin ánimo de lucro de ámbito autonómico destinadas a promover y divulgar estas fórmulas empresariales de economía social y mejorar el conocimiento sobre este ámbito.

b) Programa II: fomento y consolidación del asociacionismo de cooperativas y sociedades laborales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo, Comercio e Industria (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Para las acciones subvencionables del Programa I, el crédito inicial asignado es de treinta y cinco mil euros (35.000 €).

- Para las acciones subvencionables del Programa II, el crédito inicial asignado es de ciento cincuenta mil euros (150.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales y otras entidades sin ánimo de lucro de ámbito autonómico.

b) Las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción, respecto de las actuaciones previstas en el Programa II.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y constar inscritas en el Registro de Cooperativas, de Sociedades Laborales y de Empresas de Inserción de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral o en el registro que corresponda.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social.

La solicitud de las ayudas supone la autorización a la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria para que pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, sin perjuicio de que pueda aportar los certificados acreditativos correspondientes junto con la solicitud.

c) Haber llevado a cabo la organización preventiva de riesgos laborales.

d) En caso de ser una empresa de más de cincuenta trabajadoras o trabajadores, cumplir la obligación de reserva de cuota de un 2% a favor de trabajadoras o trabajadores discapacitados, a menos que tenga debidamente autorizada la aplicación de las medidas alternativas.

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/06/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento