Ayudas públicas destinadas a promover el ahorro y la eficiencia energética.- Convocatoria 2016/2017.

Código de ayuda:

S24282/16

Norma:

Orden de 18/05/2016. Resolución de 30/06/2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar para 2016 y 2017, ayudas públicas destinadas a promover el ahorro y la eficiencia energética mediante la sustitución de ventanas, calderas individuales e instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción, al amparo de la Orden de 18 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales e instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Para la convocatoria de 2016 y 2017, serán beneficiarios, de acuerdo a los términos y condiciones previstos en la Orden de 18 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, los siguientes:

a) Para los programas 1 y 2, las personas físicas que sustituyan los elementos subvencionables en viviendas sitas en Castilla-La Mancha.

b) Para el programa 3 las comunidades de propietarios legalmente constituidas, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.

c) No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha conforme señala el artículo 73.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

e) En las ayudas del programa 1, sustitución de ventanas, los beneficiarios además, deberán encontrarse empadronados en la vivienda en relación con la cual solicitan la subvención, al menos, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, así como en el momento de efectuar la solicitud de ayuda, por cuanto que habrá de constituir, en consecuencia, su residencia habitual.

Documentos asociados

Boletín: 01/06/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 106
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 07/07/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 132
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento