Ayudas públicas destinadas a participar en el Programa de Estancias de Tiempo Libre para mujeres con hijos e hijas exclusivamente a su cargo, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, Bases reguladoras de vigencia indefinida y convocatoria para el año 2009.

Código de ayuda:

S34382/08

Norma:

Resolucion de 30 de abril de 2008. Resolucion de 10 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar, con carácter indefinido, las bases reguladoras que han de regir la convocatoria de ayudas públicas para participar, en régimen de concurrencia competitiva, en el Programa de Estancias de Tiempo Libre para mujeres con hijos/as exclusivamente a su cargo, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, y que se adjuntan como anexo I a esta Resolución.

Convocar para el año 2009 la concesión de las mismas, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, con arreglo a las siguientes condiciones, y de acuerdo con lo dispuesto en las bases anexas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del crédito presupuestario que se destina a la presente convocatoria asciende a cincuenta mil (50.000,00) euros, que se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 2008 23 01 323B
460.00 Proyecto 234B0102 Actuaciones de Prevención y Sensibilización en materia de violencia de género.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas, las mujeres que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener hijas e hijos exclusivamente a su cargo.
b) Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan,
no supere el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente para el año correspondiente.
d) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
e) No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de la ayuda establecidas
en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

También podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las hijas e hijos de las mujeres que hayan sido seleccionadas, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que se encuentren en edades comprendidas entre los dos y doce años, ambos inclusive. Excepcionalmente, las hijas e hijos acompañantes podrán superar la edad de doce años establecida, previa valoración positiva de la Comisión de Valoración.
b) Que no padezcan enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La presente convocatoria tiene por objeto, dentro del ámbito previsto en la base primera de las bases
de vigencia indefinida que han de regir el procedimiento de concesión de las ayudas para participar
en el Programa de Estancias de Tiempo Libre, la ocupación, en los hoteles que se designen, uno en Gran
Canaria y otro en Tenerife, de 102 plazas hoteleras entre las mujeres y las hijas e hijos que les acompañen, durante un período de siete (7) días, seis (6) noches.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 94
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/03/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 53
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento