Ayudas, programa de actividades profesionales en el ámbito de la creación artística y el pensamiento contemporáneos. Convocatoria anticipada para 2009.
Código de ayuda:
S66491/08Norma:
RESOLUCION CMC/3070/2008, de 15 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/11/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se abre convocatoria para la concesión de fondos, en régimen de concurrencia competitiva, para el programa de actividades profesionales en el ámbito de la creación artística y el pensamiento contemporáneos de 2009.Los fondos que prevé esta convocatoria se rigen por las bases que constan en el anexo de este Acuerdo y por la normativa general de subvenciones.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los fondos constituyen una dotación económica no proporcional a los gastos.Serán concedidos en función de la valoración de las propuestas, según los criterios de valoración fijados en la base 9, y de las disponibilidades presupuestarias.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
A) Fondos para espacios y centros culturales privados:Pueden optar a estos fondos las entidades privadas sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña que cumplan los siguientes requisitos:
1.- El objetivo principal de los solicitantes deberá ser el de incentivar la investigación, producción y exhibición de nuevas producciones culturales.
2.- Deberán respetar los derechos del creador y garantizar sus condiciones profesionales.
3.- Deberán mantener un espacio abierto al público.
B) Fondos para plataformas culturales y colectivos estables:
Pueden optar a estos fondos las entidades privadas sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña y las empresas domiciliadas en Cataluña o bien en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Su objetivo principal deberá ser el de realizar un trabajo profesional permanente de investigación, creación, producción y exhibición de nuevas producciones culturales, como mínimo durante los últimos tres años.
2.- Deberán hacer presentaciones públicas de su actividad como mínimo dos veces al año.
3.- Deberán respetar los derechos del creador y garantizar sus condiciones profesionales.
C) Fondos para compañías profesionales de artes escénicas contemporáneas:
Pueden optar a estos fondos las compañías profesionales de danza, circo y nuevas escenas, constituidas como entidad privada sin ánimo de lucro domiciliada en Cataluña o empresa domiciliada en Cataluña o bien en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que mantengan de forma continuada su actividad profesional de investigación, creación, producción, exhibición e interpretación, durante los últimos tres años, como mínimo
D) Fondos para entidades representativas y de apoyo a los sectores profesionales culturales y artísticos:
Pueden optar a estos fondos entidades privadas sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña, que ofrezcan servicios de apoyo a sectores profesionales artísticos.
Para acceder a cualquiera de estas modalidades hay que disponer de una estructura básica de funcionamiento adecuada para llevar a cabo su actividad.
No pueden optar a estos fondos las entidades públicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Esta convocatoria ofrece fondos para el programa de actividades profesionales para la creación artística y el pensamiento contemporáneos, en los ámbitos de arquitectura y diseño, artes escénicas (artes de calle, circo contemporáneo, danza, nuevas tendencias escénicas, perfomance), artes plásticas (pintura, escultura,grabado, etc.), artes visuales (cine, fotografía, vídeo y formatos documentales), nuevas tecnologías, música contemporánea y arte sonoro, pensamiento y cultura científica, nuevos movimientos culturales y nuevos lenguajes artísticos y textuales, y que llevan a cabo espacios y centros culturales abiertos al público; organizaciones artísticas (plataformas culturales y colectivos estables; y compañías de artes
escénicas, contemporáneas) y entidades representativas de sectores profesionales artísticos y culturales.
Esta línea de fondos tiene las modalidades siguientes:
A) Fondos para espacios y centros culturales privados.
Son fondos destinados a las actividades que llevan a cabo centros y espacios culturales que proponen a los artistas y públicos una plataforma profesional para la investigación, creación, producción y exhibición de proyectos artísticos y culturales.
B) Fondos para plataformas culturales y colectivos estables.
Son fondos destinados a las actividades que llevan a cabo colectivos y agentes culturales independientes que trabajan desarrollando profesionalmente y de forma permanente diferentes fases del proceso artístico (investigación, creación, producción y exhibición), y que mantengan de forma continuada su actividad durante los últimos tres años, como mínimo. Se entiende por colectivo o agente cultural independiente el que conserva autonomía artística completa en la programación de su actividad.
C) Fondos para compañías profesionales de artes escénicas contemporáneas.
Son fondos destinados a las actividades que llevan a cabo compañías profesionales de artes escénicas, danza, circo y nuevas escenas, que mantengan de forma continuada su actividad profesional de investigación, creación, producción, exhibición e interpretación, durante los últimos tres años, como mínimo.
D) Fondos para entidades representativas y de apoyo a los sectores profesionales artísticos y culturales.
Son fondos destinados a las actividades que llevan a cabo entidades privadas sin ánimo de lucro de trabajo permanente que ofrecen servicios a las comunidades artísticas y proveen información, recursos, difusión, asesoramiento y otros servicios al sector, directamente implicado en la práctica artística.
Estos fondos se concederán para proyectos que se realicen durante el año 2009.
El gasto derivado de la elaboración del informe de un auditor de cuentas, de acuerdo con la base 13.3, tiene la consideración de gasto susceptible de subvención, siempre que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas anuales por un auditor sometido a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de auditoría de cuentas. El límite susceptible de subvención por este importe es de 1.500 euros.
Se excluyen de estos fondos los proyectos vinculados a circuitos industriales y comerciales de distribución.
No se considerarán gastos susceptibles de subvención los gastos de funcionamiento ordinario, los gastos administrativos, los gastos de adquisición de bienes que se pueden inventariar, ni los gastos de adecuación de locales. Sólo se podrán subvencionar los gastos directamente relacionados con la realización de las actividades.
La propiedad intelectual de los trabajos realizados pertenece al autor. El beneficiario cede a la Entidad Autónoma de Difusión Cultural (en adelante EADC), con carácter no exclusivo, los derechos de propiedad intelectual de la obra subvencionada para que la pueda usar en la difusión de las actividades de la EADC.
Cada solicitante puede presentar sólo una solicitud para una de las modalidades de esta convocatoria, con un único proyecto, y durante el año 2009, un máximo de dos solicitudes en el total de convocatorias de fondos de la EADC compatibles con estos fondos de acuerdo con lo que dispone la base 2.4.
Esta línea de ayudas, en las modalidades a), b) y c) de la base 1.2, es incompatible con cualquier otra subvención de la EADC, excepto la línea para el programa de creadores en residencia y la línea para proyectos artísticos y de pensamiento contemporáneo de carácter profesional que se realicen conjuntamente con otros territorios de la eurorregión Pirineos-Mediterránea. Asimismo, esta línea de ayudas, en todas las modalidades de la base 1.2, es incompatible con cualquier otra subvención del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña o de sus entidades dependientes o vinculadas que obtenga para el mismo proyecto.
Estos fondos son compatibles con la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otros departamentos de la Generalidad de Cataluña, de cualquier otra administración o ente público o privado, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales y con otros ingresos o recursos para la misma finalidad. La suma de las subvenciones compatibles con estos fondos en ningún caso puede superar el coste total de la actividad subvencionada.
No podrán optar a estos fondos los destinatarios que gestionen actividades impulsadas por entidades públicas.
Documentos asociados
Boletín:
23/10/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5242
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5242
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín:
02/01/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5289
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5289
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento