Ayudas previstas en la Orden APA/2969/2007, de 11 de octubre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras y la concesion de una ayuda a determinados cultivadores de tomate para transformacion en la campaña 2007/2008 y se completan sus bases reguladoras.

Código de ayuda:

S69646/07

Norma:

ORDEN de 25 de octubre de 2007. Orden APA/2969/2007, de 11 de octubre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2008 las ayudas destinadas a determinados cultivadores de tomate en la campaña 2007/08, de acuerdo con lo establecido en la Orden APA/2969/2007 y en el Decreto 2/2007 y completa las bases reguladoras indicadas creando una ayuda con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma con la misma finalidad.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.—La cuantía global máxima destinada para la convocatoria de 2008 es de 1.000.000 euros, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: 14020 G/7123/770096/34048 (500.000,00 euros), y 14020 G/7123/770096/91001 (500.000,00 euros).

2.—Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a la superficie cultivada de tomates con destino a la elaboración de productos distintos de los tomates pelados enteros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Conforme al artículo 2 de la Orden APA/2969/2007, podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en esta Orden los agricultores que hayan cultivado tomates en Aragón con destino a la elaboración de productos distintos de los tomates pelados enteros y sean perceptores de la ayuda establecida en el artículo 4 del Reglamento (CE) nº 2201/1996, del Consejo, de 28 de octubre, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La superficie máxima sobre la que se solicite la ayuda será la suma de las superficies registradas en cumplimiento de los artículos 10 y 12 del Reglamento (CE) nº 1535/2003, de la Comisión, de 29 de agosto de 2003, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 2201/96 del Consejo en lo relativo al régimen de ayuda en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas, en las que se hayan cultivado los tomates a que hace mención el artículo 2.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 246
Documento: Bases - Orden APA/2969/2007 Descargar Documento
Boletín: 14/11/2007
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento