Ayudas previstas en el Reglamento de Ejecucion (UE) num. 1023/2011 de la Comision, de 14 de octubre de 2011, por el que se abre una licitacion en relacion con una ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S47264/11

Norma:

Resolucion de 17 de octubre de 2011. REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1023/2011 de 14 de octubre de 2011. RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Ofertas 1 licitación: del 17/02 al 21/02/12 a las 11 horas; Ofertas 2 licitación: del 22/02 al 01/03/12 a las 11 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria para la presentación de ofertas para participar en la licitación para las ayudas previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 111 /2012 de la Comisión, de 9 de febrero de 2012, por el que se abre una licitación en relación con una
ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe unitario de la ayuda, por tonelada y día de producto almacenado, será el establecido por la Comisión tras el estudio de las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 826/2008.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los agentes económicos del sector del aceite de oliva que cumplan las condiciones establecidas en el Anexo IV del Reglamento(CE) núm. 826/2008, y pretendan almacenar el aceite en instalaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante un período mínimo de 180 días naturales, para lo que deberán presentar la correspondiente oferta de licitación

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El almacenamiento de productos de calidad sana, cabal y comercial, de origen comunitario y la siguiente categoría de calidad, definidos en los apartados 1.a) y 1.b) del Anexo XVI del Reglamento (CE) núm. 1234/2007:

a) Aceite de oliva virgen extra: Aceite de oliva virgen que tiene una acidez libre máxima, expresada en ácido oleico, de 0,8 g por 100 g y cuyas otras características se ajustan a las establecidas para esta categoría.

b) Aceite de oliva virgen: Aceite de oliva virgen que tiene una acidez libre máxima, expresada en ácido oleico, de 2 g por 100 g y cuyas otras características se ajustan a las establecidas para esta categoría.

Requisitos:

Se considerará que una persona solicitante es un agente económico del sector del aceite de oliva, si a fecha de presentación de la oferta de licitación, está inscrito en cualquiera de los siguientes epígrafes de actividades económicas, sin perjuicio de que este extremo pueda ser acreditado mediante la presentación de la correspondiente acreditación documental:

Epígrafe 411.1. Fabricación y envasado de aceite de oliva.

Epígrafe 411.2. Fabricación de aceite de oliva.

Epígrafe 411.3. Envasado de aceite de oliva.

Documentos asociados

Boletín: 15/10/2011
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/10/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 209
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 17/02/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 33
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento