Ayudas previas a la jubilacion ordinaria en el sistema de Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reestructuracion de empresas.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S44200/12

Norma:

ORDEN 2146/2012, de 14 de diciembre. Orden de 5 de octubre de 1994.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2012 las ayudas previas a la jubilación ordinaria destinadas a facilitar una cobertura económica a trabajadores y afectados por los procesos de extinción de relaciones de trabajo, por causas económicas, técnicas organizativas o de producción, hasta que se alcance la situación de jubilación, en su modalidad contributiva en el sistema de la Seguridad Social.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo, Turismo y Cultura (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía inicial de la ayuda será el 75 por 100 del resultado de dividir entre 7 la suma de las bases de cotización de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, excluidas las horas extraordinarias, correspondientes a los seis meses anteriores a la fecha de efectividad de la ayuda, sin que en ningún caso pueda superar a la pensión máxima establecida en el Régimen General de la Seguridad Social para el año en que tenga lugar dicha efectividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, con domicilio o con algún centro de trabajo radicado en la Comunidad de Madrid, que se vean afectadas por procesos de reestructuración producidos por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción previstas en los artículos 51 y 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, para aquellos trabajadores que, afectados por dichos procesos, vean extinguida
su relación de trabajo, previa conformidad expresa e individual de cada uno de ellos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Facilitar una cobertura económica a trabajadores y afectados por los procesos de extinción de relaciones de trabajo, por causas económicas, técnicas organizativas o de producción, hasta que se alcance la situación de jubilación, en su modalidad contributiva en el sistema de la Seguridad Social.

Requisitos:

a) Tener sesenta años de edad, real o teórica por aplicación de los coeficientes reductores de edad, como mínimo, cuando accedan al sistema de ayudas.

b) Estar de alta o situación asimilada al alta en el régimen de la Seguridad Social de encuadramiento.

c) Poder tener cubierto, al alcanzar la edad ordinaria para el acceso a la pensión de jubilación
en su modalidad contributiva, en el régimen de la Seguridad Social de encuadramiento, el período de cotización exigido para causar derecho a la pensión de jubilación en dicho régimen.

d) Haber prestado sus servicios en centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid en el momento de la extinción de sus contratos de trabajo.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/1994
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 253
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/12/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 300
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento