Ayudas predoctorales para la formación en investigación, dentro del Programa de Recursos Humanos yDifusión de la Investigación del Ministerio de Sanidad y Consumo, en el marco del Plan Nacional I+D+I 2004-2007.
Código de ayuda:
S33655/06Norma:
RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/10/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Resolución es regular la convocatoria correspondiente al año 2006 para la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de las Ayudas predoctoralesde formación en investigación, cuya principal finalidad es la formación de diplomados y licenciados predoctorales como investigadores en el ámbito de la Biomedicina, mediante la realización de un programa de actividades teórico-práctico que incluye los estudios oficiales del doctorado, en el caso de los titulados universitarios superiores, y un plan de investigación biomédica básica orientada, clínica o en salud pública y en servicios de salud, que se desarrolle en centros de acreditada capacidad investigadora bajo la dirección y tutela de un grupo consolidado de investigación.
Con esta modalidad de ayudas se pretende, asimismo, favorecer la dimensión multidisciplinar de la actividad investigadora del Sistema Nacional de Salud.
Categorías Subvención
Formación
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) En el caso de las ayudas destinadas a diplomados, 11.000 euros brutos anuales, que se completará con 300 euros al año para la suscripción de un seguro de accidentes corporales y otro de asistencia médica.En el caso de las ayudas del ciclo inicial de los licenciados, 15.600 euros brutos anuales, de los que se detraerán las cuotas de cotización a la Seguridad Social correspondientes a la empresa y al trabajador y que serán abonadas directamente por el Instituto de Salud Carlos III. Al comienzo de la segunda anualidad, esta dotación inicial se incrementará en el porcentaje de subida que se aplique para cada año al personal de la Administración General del Estado, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.
b) En el caso de los licenciados que superen el ciclo de los dos primeros años, la dotación inicial del contrato, incluida la cuota patronal de la Seguridad Social, se fijará cuando se produzca la prórroga correspondiente, financiando el Instituto de Salud «Carlos III» el 100% de la misma, que se transferirá a la entidad beneficiaria. Al comienzo de la segunda anualidad, esta dotación inicial se deberá incrementar en el porcentaje de subida que se aplique para cada año al personal de la Administración General del Estado, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D, que cumplan los siguientes requisitos:a) Haber obtenido ayudas de investigación en convocatorias públicas en los últimos 3 años, excepto que se trate de centros de nueva creación, en cuyo caso, será suficiente que los grupos receptores cumplan con
los requisitos establecidos en el siguiente apartado.
b) Los grupos de investigación con los que se desarrolle el programa deberán ser grupos consolidados con producción científica mantenida en los últimos 5 años y podrán presentar un máximo de un aspirante por
grupo. Deberán poseer, asimismo, experiencia en la realización de Proyectos de investigación financiados por Agencias públicas en régimen de concurrencia competitiva y en la formación de personal investigador. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá como grupo receptor al conjunto de investigadores que trabajan bajo la dirección científica de un jefe de grupo y que publican conjuntamente. El jefe de grupo deberá estar vinculado estatutaria, funcionarial o contractualmente con el centro solicitante.
En el caso de los Centros del ámbito del Sistema Nacional de Salud que gestionan sus actividades de investigación mediante fundaciones de derecho privado constituidas al amparo de lo previsto en la Ley
50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, u otras entidades de derecho público o privado, se podrán solicitar las ayudas a través de estas entidades previa aportación de los estatutos registrados de las mismas y la autorización para la solicitud que será emitida por el responsable del centro o por autoridad superior, en caso de que aquél no ostente la competencia para dicha autorización.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán una duración de dos años, en el caso de los diplomados y de cuatro, en el de los licenciados, siempre que la evaluación de la memoria deseguimiento de actividades resulte favorable.
Documentos asociados
Boletín:
14/09/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 220
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 220
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento