Ayudas por periodos de cuarentena de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino objeto de vacios sanitarios en el marco de las campañas de saneamiento ganadero y se convocan ayudas por periodos de cuarentena para el año 2009.

Código de ayuda:

S01791/09

Norma:

Orden DES/72/2008, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria para el año 2009 de concesión de ayudas por periodos de cuarentena de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino objeto de vacíos sanitarios en el marco de las campañas de saneamiento ganadero en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, conforme a lo establecido en la Orden GAN/12/2008, de 7 de marzo, por la que se establecen normas de control sanitario y de desarrollo de las Campañas de Saneamiento de la Cabaña Bovina, Ovina y Caprina, y Orden de 1 de junio de 2001, por la que se regula la realización de vaciados sanitarios en las explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino en el marco de las Campañas de saneamiento ganadero.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda será determinado en base a los baremos establecidos en el anexo I de la presente
orden, calculados en base a los márgenes netos de las principales actividades productivas ganaderas de las
explotaciones durante un periodo de tres meses, no pudiendo superar los 59.999 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Titulares de explotaciones ganaderas.

Requisitos:

1. No haber presentado solicitud de la ayuda a los períodos de cuarentena convocadas por la Orden
GAN/9/2007, de 26 de febrero.

2. Compromiso del titular de la explotación de mantener la titularidad de la misma así como el pleno funcionamiento de la misma durante un periodo mínimo de tres años, o hasta la jubilación del titular, si ésta se va a producir en ese período.

3. Haber efectuado la limpieza y desinfección de la explotación después de la realización del vacío sanitario y con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.

4. Haber cumplido en el último año toda la normativa vigente en materia de sanidad animal e identificación y registro de explotaciones, y especialmente las medidas contempladas en la Orden de 1 de junio de 2001, por la que se regula la realización de vaciados sanitarios en las explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino en el marco de las campañas de saneamiento ganadero.

5. No haber sido beneficiario el titular de la explotación de ayudas por los periodos de cuarentena durante el año 2008.

6. No haber sido objeto la explotación de vacío sanitario por la presencia de una enfermedad objeto de campaña saneamiento ganadero en los tres últimos años contados a partir de la fecha de la resolución por la que se haya autorizado u ordenado la realización del vacío sanitario objeto de la solicitud de ayuda, hasta la fecha del marcaje de las reses objeto del anterior vacío sanitario, salvo que la Dirección General de Ganadería, previo informe, acredite circunstancias excepcionales que justifiquen tal situación.

7. No haber sido sancionado mediante resolución firme en vía administrativa por infracciones en materia de sanidad, bienestar animal e identificación y registro de explotaciones, en los dos años anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, por infracciones graves a la Ley 8/2.003, de 24 de abril, de Sanidad Animal y por infracciones muy graves a la Ley 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de Animales.

8. No haber sido sancionado mediante resolución firme en vía administrativa por infracciones en materia de sanidad, identificación y registro de explotaciones, en los tres años anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el caso de las infracciones muy graves a la Ley 8/2003 de 24 de abril de Sanidad Animal.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 4
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento